AAP La Rioja 6/2012, 30 de Enero de 2012
Ponente | ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ |
ECLI | ES:APLO:2012:114A |
Número de Recurso | 551/2010 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 6/2012 |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª |
AUTO Nº 6 DE 2012
ILMOS/ILMAS. SRES/SRAS:
Presidente:
D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
Magistrados:
Dª CARMEN ARAUJO GARCIA
D. RICARDO MORENO GARCIA
En Logroño, a treinta de enero de dos mil once
VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial de La Rioja, los Autos de IMPUGNACION DE TASACION DE COSTAS 0000879 /2007, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA Nº 4 de LOGROÑO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000551 /2010, en los que aparece como parte apelante, Dª Casilda, representada por la Procuradora de los tribunales, Dª MARIA TERESA FABRA NEGUERUELA, asistida por el Letrado D. JOSE ALBERTO AYARZA SANCHO, y como parte apelada, D. Emiliano, representado por la Procuradora de los tribunales, Dª Salome ; habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado- Presidente D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ.
Que, con fecha 28 de julio de 2010, se dictó auto en primera instancia en cuyo fallo se recogía: "Que desestimando la impugnación formulada por la procurador de los tribunales doña Mª Teresa Fabra Negueruela, en nombre y representación de Mª Isabel Fernández Sánchez, S.A., contra la tasación efectuada el 4 de marzo de 2010, se acuerda ratificar la misma, con imposición al impugnante de las costas procesales causadas en las dos impugnaciones."
Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de Dª Casilda, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.
Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 26 de enero de 2012.
En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.
Por la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia 4 de Logroño se efectuó en fecha 4 de marzo 2010 diligencia de tasación de costas a favor de don Emiliano, don María Inmaculada y don Tomás tal y como consta al folio 12, a cargo de doña Casilda y que había sido interesada por los procuradores doña Salome, don Bernardo y doña Montserrat, en representación de aquellas partes, fijándose en las peticiones correspondientes que la cuantía que se tenía en cuenta para la aplicación de las escalas se hacía sobre 36.000 #.
Por la Procuradora doña Teresa Fabra, en representación de doña Casilda, se presentó escrito de impugnación por el concepto excesivas de las minutas los letrados Sr. Juan María, Sr. Bernabe y de la letrada Sra. Adolfina y por indebidas respecto de las minutas de la procuradora Sra. Salome y de la Sra. Montserrat y del procurador Sr. Bernardo, tal y como consta los folios 14 a 24, solicitando que se girase una sola minuta de abogado y procurador a cargo de la vencida en costas sobre una base de 150# y se declarasen superfluas las otras dos minutas de abogado y procurador.
Por el Juzgado de Instancia se dictó auto de 28 de julio 2010, folio 75, en el que se resolvía la impugnación por indebida de los derechos de los tres procuradores, pues los honorarios de letrados habían sido cuestionados por excesivos, previa celebración de vista en fecha 20 julio 2010, folio 69 y grabación, disponiéndose en dicho auto, folio 77, que se rechazaba la impugnación de la tasación de costas del juzgado de 4 marzo 2010 que se ratificaba y se imponían las costas a la parte impugnante.
Por la Sra. Fabra, en representación de doña Casilda, se presentó escrito interponiendo recurso apelación frente al auto de 28 de julio de 2010, folio 95, solicitando que se tuviese por formulado dicho recurso y se estimase que debía girarse una sola minuta de procurador a cargo de la vencida en...
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