STSJ Comunidad de Madrid 76/2011, 3 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución76/2011
Fecha03 Febrero 2011

RSU 0003869/2010

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00076/2011

Sentencia nº 76

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 5ª

MADRID

Ilma. Sra.Dª Begoña Hernani Fernández :

Presidente

Ilmo. Sr. D. José Ignacio de Oro Pulido Sanz :

Ilma. Sra.Dª Concepción Morales Vallez :

En Madrid, a 3 de febrero de 2011.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 76

En el recurso de suplicación 3869/10 interpuesto por GRUPO BN MADRID, LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO S.L., representado por el Letrado doña MONICA ALTARRIBA GARCIA, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social NUM. 31 DE MADRID en autos núm. 212/10 siendo recurrido Ana, representado por el Letrado doña M. PILAR REINO RODRIGUEZ. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Begoña Hernani Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Ana, contra GRUPO BN MADRID LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO SL en reclamación sobre DESPIDO en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 13 de abril de 2010, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

1)- La actora Ana comenzó a prestar sus servicios en la empresa demandada GRUPO BN MADRID LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO S.L., constando una antigüedad en nómina de 1-10-09, con la categoría profesional de limpiadora y con un salario bruto mensual de 1.166,05 euros con prorrata de pagas extras (nómina de diciembre de 2009).

2)- Ambas partes habían celebrado los siguientes contratos temporales:

-del 20-10-08 al 3-11-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Encarna

-del 4-11-08 al 17-11-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Inmaculada

-del 24-11-08 al 3-12-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Melisa .

-del 4-12-08 al 4-12-08: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Rosana

-del 6-12-08 al 8-12-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Marí Juana

-del 10-12-08 al 11-12-08: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Asunción

-del 15-12-08 al 16-12-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Asunción

-del 18-12-09 al 17-12-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Emma

-del 18-12-08 al 23-12-08: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Marí Juana

-del 26-12-08 al 29-12-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Rosana

-del 30-12-08 al 31-12-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Encarna

-del 2-1-09 al 12-1-09: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Mónica

-del 13-1-09 al 16-2-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Asunción

-del 17-2-09 al 28-3-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Asunción

-del 30-3-09 al 5-4-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Amanda

-del 6-4-09 al 19-4-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Clemencia

-del 20-4-09 al 4-5-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Frida

-del 5-5-09 al 31-7-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a las cuatro trabajadoras que constan en el contrato.

-del 1-8-09 al 30-9-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Amanda .

-del 1-10-09 hasta fin de IT: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Amanda .

3)- La actora venía prestando sus servicios en diversas Salas de Bingo de Madrid, constando en los dos últimos contratos que será en el Bingo de O#Donnel J.S.a.

4)- Con fecha 21-12-09 y con efectos del 20-1-10 la empresa demandada le notificó una carta de despido fundamentado en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, en concreto alegando como causa el cierre de la Sala Sportium; carta que obra en autos y que se da por reproducida. La empresa le ha abonado la cantidad de 225 euros en concepto de indemnización. Dicha carta fue notificada a la trabajadora por burofax el día 22-12-09 y la cantidad fue transferida a la trabajadora el 22-12-09. 5)- En fecha 20-1-10 la empresa le notifica a la actora que finaliza su relación laboral el 20-1-10 por haber finalizado su contrato de interinidad celebrado el 1-10-09. No consta probado que dicha carta se le haya notificado por error.

6)- En fecha 20-1-10 la actora firma un documento de saldo y finiquito por cuantía de 690#43 euros, por los conceptos de indemnización por cese, salarios y partes proporcionales y haciendo notar "no conforme".

7)- Dª Amanda ha sido ingresada el 9-5-09, permaneciendo actualmente de baja médica desde el 10-5-09.

8)-La empresa Cirsa Servicios Corporativos S.L. notificó a la empresa demandada que con fecha 18-1-10 procedía a rescindir el contrato de limpieza respecto al Binco Sportium.

9)- La actora figura con una antigüedad en la empresa del 1-10-09, siendo con esta antigüedad la trabajadora menos antigua de todas.

10)- La empresa demandada presta los servicios de limpieza en mas de 10 Salas de Bingos distintas.

11)- La empresa demandada ha extinguido los contratos de otras dos trabajadoras, sin que conste la causa del mismo.

12)- Las relaciones laborales entre las partes se rigen por el Convenio colectivo del sector de limpieza de edificios y locales de la CCAA de Madrid 2008-11, en cuyo art. 49,3 se regula el contrato de interinidad

13)- La actora no ostenta cargo sindical ni representativo alguno.

14)- Con fecha 19-2-10 se celebró el acto de conciliación previa con resultado de sin avenencia.

TERCERO

En esta sentencia se emitió el siguiente fallo:

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª Ana frente a la empresa GRUPO BN MADRID LIMPIEZAS Y MANTENIMIENTO S.L. debo DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENET EL DESPIDO de la actora y en consecuencia CONDENO a la empresa demandada a la inmediata readmisión de la trabajadora o, a elección de aquélla, a que le indemnice con la suma de 874,35 euros y en ambos casos al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (20-1-10) hasta la notificación de la presente resolución a razón de 38,86 euros/día.

Con la advertencia de que la opción deberá efectuarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo Social dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la sentencia, sin esperar la firmeza de la misma, y en caso de no hacer la opción expresamente, se entenderá que opta por la readmisión.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso el pase de los mismos al Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que estima la demanda formulada por despido, declarando este como improcedente con las consecuencias legales inherentes a esta declaración, se interpone recurso de suplicación ante esta Sala solicitando en un doble motivo la revisión de los hechos probados y el examen del derecho aplicado.

Al amparo del art. 191b) LPL, solicita la recurrente la revisión de los hechos probados y en concreto de los ordinales segundo- quinto y undécimo, proponiendo redacción alternativa con el siguiente tenor literal.

Hecho probado segundo: "Ambas partes habían celebrado los siguientes contratos temporales:

-del 20-10-08 al 3-11-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Encarna .

-del 4-11-08 al 17-11-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Inmaculada .

-del 24-11-08 al 3-12-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Melisa .

-del 4-12-08 al 4-12-08: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Rosana

. -del 6-12-08 al 8-12-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Marí Juana .

-del 10-12-08 al 11-12-08: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Asunción .

-del 18-12-09 al 17-12-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Emma .

-del 18-12-08 al 23-12-08: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Marí Juana .

-del 26-12-08 al 29-12-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Rosana .

-del 30-12-08 al 31-12-08: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Encarna .

-del 2-1-09 al 12-1-09: contrato de interinidad a tiempo completo para sustituir a la trabajadora Dª Mónica

.

-del 13-1-09 al 16-2-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Asunción .

-del 17-02-09 al 28-3-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Asunción .

-del 30-3-09 al 5-4-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Amanda .

-del 6-4-09 al 19-4-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dª Clemencia .

-del 20-4-09 al 4-05-09: contrato de interinidad a tiempo parcial para sustituir a la trabajadora Dº Frida .

-del 5-05-09 al...

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