SAP Alicante 285/2011, 9 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución285/2011
Fecha09 Junio 2011

Rollo de apelación nº 286-A /2010

Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Alicante

Procedimiento: Juicio Ordinario nº 1.437/08

Cuantía: 31.977, 88 euros

SENTENCIA Nº 285 / 2011

Ilmos. Sres:

D. José María Rives Seva

Dª Mª Dolores López Garre

Dª. Cristina Trascasa Blanco

En la Ciudad de Alicante, a nueve de junio de dos mil once.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Ilmos. Sres. expresados al margen ha visto, en grado de apelación (Rollo de Sala nº 286-A/10) los autos de Juicio Ordinario nº 1.347/08, en su día incoados ante el Juzgado de 1ª Instancia Nº 5 de Alicante en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, "TEREPAIMA PROMOCIONES, S.L.", que ha intervenido en esta alzada en su calidad de apelante, representado por la Procuradora Sra. Santana Oliver; siendo parte apelada D. Eduardo

, representado por la Procuradora Sra. Ortega Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Alicante en los referidos autos de Juicio Ordinario se dictó, con fecha 21 de diciembre de 2009, sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO: Que estimando la demanda de Juicio Ordinario promovida por el Procurador Sra. Ortega Ruiz, en nombre y representación de Eduardo, contra "Terepaima Promociones, S.L.", debo declarar y declaro la obligación de la demandada de responder solidariamente con "Gestión y Desarrollos Urbanos del Mediterráneo, S.L." del pago de las cantidades resultantes del auto ejecutivo de 23 de octubre de 2007 dictado en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales nº 1250/07 del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Alicante, y del auto ejecutivo del 28 de septiembre de 2007 dictado en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales nº 186/08 del mismo Juzgado; condenando a la demandada a pagar al demandante solidariamente con "Gestión y Desarrollos Urbanos del Mediterráneo, S.L." la cantidad de 26.840,81 euros más el interés legal incrementado en dos puntos desde el 23 de octubre de 2007 y hasta su completo pago, y la cantidad de

5.167,17 euros más el interés legal incrementado en dos puntos desde el 28 de septiembre de 2007 y hasta su completo pago; con expresa imposición de las costas a la parte demandada.".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación de la referida parte demandada, siendo tramitado conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con los traslados correspondientes por término de diez días, remitiéndose las actuaciones seguidamente a esta Ilma. Audiencia Provincial, Sección Sexta, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, en el con fecha 25 de marzo de 2011 se dictó providencia acordando el cambio de ponencia y señalándose para votación y fallo el día 1 de junio de 2011, en que tuvo lugar. Tercero .- En la sustanciación de esta causa se han observado todas las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Cristina Trascasa Blanco.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

En apoyo de su recurso de apelación, en el que la parte demandada denuncia error en la valoración de la prueba, alude a la relación personal que había entre el demandante y el legal representante de la demandada y por la que se aduce, aquel ya era conocedor de que la mercantil con la que suscribió el contrato de compraventa de cuya resolución judicial trae causa esta...

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