SAP Barcelona 531/2011, 18 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución531/2011
Fecha18 Julio 2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN SÉPTIMA

Rollo de Apelación 133 /11-k

Procedimiento de Juicio de Faltas 2887 /10

Juzgado de Instrucción núm. 16 de Barcelona

SENTENCIA

En la ciudad de Barcelona, a 18 de julio de 2011.

En nombre de S.M. el Rey de España, visto en esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona constituida en Tribunal unipersonal por el Ilmo. Sr. Magistrado D.Gregorio María Callejo Hernanz, y en grado de apelación, el Juicio de Faltas núm. 2887/10, Rollo de Apelación núm. 133/11-K, seguido por falta de lesiones por imprudencia leve y procedente del Juzgado de Instrucción núm. 16 de Barcelona, en el que han sido partes, en calidad de apelante a Dimas y a la entidad De Chartis Europe SA, y siendo parte apelada Justiniano .

ANTECEDENTES
PRIMERO

En fecha 11 de marzo de 2011 y por el Ilmo. Magistrado del Juzgado de Instrucción núm. 16 de Barcelona se dictó sentencia en el Procedimiento de Juicio de Faltas 2887/11 que contiene el siguiente fallo:" Que debo condenar y condeno a Dimas como autor penalmente responsable de una falta consumada de lesiones por imprudencia leve a la pena de multa de 10 días de multa a razón de la cuota diaria de 4 euros (global de 40 euros). Para caso de impago se declara la responsabilidad personal subsidiaria legal prevista en el art. 53 del Código Penal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, lo que supone un máximo de hasta cinco días privativos de libertad.

En concepto de responsabilidad civil se condena al denunciado Dimas, con declaración de responsabilidad civil directa de Chartis Europe, SA a indemnizar al denunciante Justiniano en 4974, 33 euros por lesiones /secuelas, con intereses moratorios respecto de la cifra por lesiones del art. 20 LRC y Seguro en la Circulación de Vehículos de motor, a calcular en ejecución de sentencia.

Por desperfectos en casco y guantes de moto le condeno a indemnizar al perjudicado en 335 euros, por los sufridos en el reloj Breitling a la menor de estas cantidades: La correspondiente al presupuesto de reparación que asciende a 858, 63 euros o 29 La del valor venal del reloj descontando el demérito por uso (incrementado en un 30%) a determinar en ejecución de sentencia debiendo aportar el perjudicado en todo caso la factura (por original o duplicado) en que conste la fecha de adquisición y por pérdida del viaje a Mallorca otros 285, 75 euros". Dicha resolución fue completada por medio de Auto de fecha 5 de abril de 2011, que completó el fallo estableciendo que debía incluirse en el fallo "...En concepto de responsabilidades civiles se condena al denunciado Dimas, con declaración de responsabilidad civil directa de Chartis Europe SA a indemnizar al denunciante Justiniano en 4 974, 33 euros por lesiones/secuelas, con intereses moratorios respecto de la cifra por lesiones/secuelas del art. 20 LRC y Seguro de la Circulación de Vehículos a motor, a calcular en ejecuión de sentencia y asimismo por los 96 días impeditivos en que quedaron curados/estabilizadas las lesiones sufridas, en 5666, 50 euros..., quedando subsistentes el resto de los pronunciamientos".

SEGUNDO

Apelada que fue la sentencia por y previos los trámites legales, se...

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