SAP Santa Cruz de Tenerife 41/2011, 25 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución41/2011
Fecha25 Enero 2011

SENTENCIA

Iltmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. Joaquín Astor Landete

MAGISTRADOS:

D. Ángel Llorente Fernández de La Reguera

D. Jaime Requena Juliani (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife, a veinticinco de enero de dos mil once.

Visto ante esta Audiencia Provincial la Causa correspondiente al rollo de apelación número 188/2010, de la causa número 64/2010, seguida por los trámites del Juicio rápido en el Juzgado de lo Penal número uno de Santa Cruz de Tenerife, habiendo sido partes, de una y como apelante Anibal, representado por el Procurador Sr. Briganty Rodríguez y defendido por el Letrado Sr. Marcos Hernández. Ejerce la acción pública y es parte apelada el Ministerio Fiscal. Es ponente el Ilmo. Sr. D. Jaime Requena Juliani.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Ilmo Sr. Magistrado, Juez del indicado Juzgado de lo Penal, se dictó sentencia en fecha 20 de julio de 2010 con los siguientes hechos probados:

"Valorada la prueba practicada en el acto del juicio oral, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cabe declarar como tales, que sobre las 20,00 horas del día 17 de noviembre de 2009, el acusado circulaba con el vehículo marca Seat, modelo Ibiza, matricula WG-....-OQ, por el Camino de las Piedras del termino municipal de Fasnia cuando fue interceptado por una patrulla de la Guardia Civil y al solicitarle la documentación manifestó que no poseía permiso de conducir, hecho que fue comprobado posteriormente.

El acusado ha sido condenado ejecutoriamente por el Juzgado de Instrccion no 2 de San Cristobal de La Laguna en sentencia firme de fecha 26-10-2009 recaída en juicio rápido 169/2009, por un delito del articulo 384 del Codigo Penal, también por conducir sin permiso.

Y con la siguiente parte dispositiva:

"Que debo CONDENAR Y CONDENO a Anibal, como autor responsable de un delito contra la seguridad vial del artículo 384,2 del CP, con la agravante de reincidencia a la pena de 19 meses multa con cuota diaria de 3 euros, así como 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad a razón de cuatro horas diarias y las costas.

Con aplicación de la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53,2 del Código para caso de impago de la multa."

Segundo

Notificada la misma, interpuso contra ella Recurso de Apelación el Procurador Sr. Briganty Rodríguez, en nombre y representación de Anibal, que fue admitido en ambos efectos. El recurso se fundaba en los siguientes motivos: I.- Infracción del art. 72 CP .

  1. Infracción por aplicación indebida del art. 66.1.7 CP .

El Ministerio Fiscal pidió que el recurso fuera desestimado.

Tercero

Una vez recibidos los Autos en esta Sección, formado el rollo de Apelación núm. 188/2010, se senaló para la deliberación y fallo del recurso el día doce de junio, quedando los Autos vistos para Sentencia

HECHOS PROBADOS.

Único. Se dan por reproducidos los de la Resolución recurrida, que se aceptan en su integridad

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El primer motivo del recurso denuncia la infracción del art. 72 CP, al haber optado el Juez de instancia por la imposición de una pena superior al mínimo legal sin concretar las razones que lo justificaban (motivación).

El art. 72 CP impone a los jueces el deber de motivar el...

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