SAP Murcia 287/2011, 2 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución287/2011
Fecha02 Noviembre 2011

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

SENTENCIA: 00287/2011

ROLLO DE APELACIÓN N· 423/11

JUICIO ORAL N· 16/10

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE CARTAGENA.

SENTENCIA n· 287

Ilmos. Sres.

Don José Manuel Nicolás Manzanares

Presidente

Don Miguel Ángel Larrosa Amante

Don Fernando Fernández Espinar López

Magistrados

En Cartagena, a 2 de noviembre de 2011.

La Sección Cartagena de la Audiencia Provincial de Murcia, integrada por los Ilmos. Sres. expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación 423/11 en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 14 de abril de 2011, dictada en el Juicio oral 16/10, dimanante del Procedimiento Abreviado 8/10 del Juzgado de Instrucción nº 5 de San Javier, por delito de daños, siendo condenado Laureano, habiendo actuado como apelante el condenado, y siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el juzgado de lo Penal número 1 de Cartagena, se dictó con fecha 14 de abril de 2011, sentencia en juicio oral 16/10, siendo hechos probados " el acusado Laureano, mayor de edad, nacido el 21 de agosto de 1988, con DNI NUM000, sin antecedentes penales, imbuído en el propósito de perjudicar el patrimonio ajeno, sobre las 6`15 horas del 25 de diciembre de 2008, portando unas llaves rayó de forma prolongada y reiterada el vehículo marca Seat Ibiza, con número de matrícula ....-QPF, propiedad de Rodrigo, que se hallaba estacionado en la calle Pintor Murillo de San Javier, siendo sorprendido mientras se desarrollaban los hechos por el agente de la Policía Local de San Javier NUM001, quien lo retuvo en el lugar iniciando la detención.

Como consecuencia de los referidos hechos, se han generado daños pericialmente tasados en 742`79 euros, por los que su propietario Rodrigo reclama"

En dicha sentencia se condenó a Laureano, como autor criminalmente responsable de un delito de daños, a la pena de 14 meses de multa con cuota diaria de 6 euros y abono de costas, debiendo indemnizar a Rodrigo en la cantidad de 742`79 euros e intereses legales.

SEGUNDO

Por la defensa del condenado se interpuso recurso de apelación contra la misma, solicitándose la libre absolución .

TERCERO

Efectuado el traslado al Ministerio Fiscal, que impugnó el recurso interpuesto, se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para su resolución.

VISTOS, siendo el Ponente el Ilmo. Sr. D. Fernando Fernández Espinar López.

HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se aceptan los antecedentes de hechos probados de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En relación con la pretendida vulneración del derecho a la presunción de inocencia, resulta de aplicación, la doctrina, reiterada por esta Sección, entre otras en Sentencias de 20 de julio de 2009 y 20 de abril de 2010, que resuelve que el derecho a la presunción de inocencia sólo puede ser destruido en virtud de prueba de cargo suficiente y debidamente practicada en el acto del juicio.

En este supuesto la declaración testifical, efectuada en el Plenario de los que intervinieron en los hechos y singularmente del agente NUM001, constituye prueba de cargo suficiente para que no concurra la vulneración del principio alegado, sin perjuicio de su valoración probatoria.

SEGUNDO

Con respecto a esta valoración es doctrina pacífica la que establece que el contenido de la actividad probatoria que se desenvuelve desde la perspectiva de la inmediación, como sucede con la credibilidad de las declaraciones de los acusados o de los testigos, cuya valoración corresponde al Tribunal de instancia "ex" artículo 741 LECrim ., lo que desde luego tampoco significa sancionar la arbitrariedad de...

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