DECRETO 21/1983 de 30 de Julio sobre estructura orgánica, de la Consejeria de Economia, Hacienda y Comercio.

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 21/1983 de 30 de Julio sobre estructura orgánica, de la Consejeria de Economia, Hacienda y Comercio.

Aprobada por las Cortes de Castilla y León la Ley 1/83 del Gobierno y de la Administración de esta Comunidad Autónoma, que organiza la Administración en Consejerías y establece los órganos fundamentales de las mismas, se hace necesario dotar a la Consejería de Economia, Hacienda y Comercio de una estructura que le permita ejercer con eficacia, tanto en sus servicios centrales como en los periféricos, las competencias ya asumidas en virtud de los Decretos 3513/81 de 18 de Diciembre, 2313/82 de 24 de Julio y 4114/82 de 29 de Diciembre y preparar la asunción y correcta gestión de las que en su día, les serán transferidas por los procedimientos previstos en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, así como de todas aquellas que le correspondan en razón de lo dispuesto en el mencionado Estatuto.

En su virtud a propuesta del Consejero de Economia, Hacienda y Comercio y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 30 de Julio de 1983,

DISPONGO:

Artículo primero

Compete a la Consejería de Economia, Hacienda y Comercio promover, proyectar, dirigir y ejecutar la política económica general, la programación y planificación de la actividad económica, la gestión de la hacienda pública, la política comercial y la política financiera y crediticia en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, atribuyéndole las competencias, funciones y servicios transferidos en materias de Comercio Interior, Intervención de Precios, Ferias Interiores y Reforma de las Estructuras Comerciales y cuantas otras, correspondan a la Comunidad en materia de organización económica general, hacienda y comercio, en el marco de la Constitución y de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Artículo Segundo

La Consejería de Economia, Hacienda y Comercio de la Junta de Castilla y León, bajo la dirección del Consejero titular, se estructura en los órganos siguientes:

- Secretaria General.

- Dirección General de Tributos y Política Financiera.

- Dirección General de Presupuestos y patrimonio.

- Dirección General de Economia y Planificación.

- Dirección General de Comercio.

- Intervención General.

- Tesorería General.

- Gabinete de la Consejería.

- Delegaciones Territoriales.

Artículo tercero

Presidido por el titular de la Consejería existirá, como órgano de deliberación y coordinación de las actividades de ésta, un Consejo de Dirección del que formarán parte el Secretario General, los Directores Generales y el Jefe del Gabinete de la Consejería, si lo hubiera.

Artículo cuarto

El Secretario General es el Jefe Superior de la Consejería después del Consejero y con tal carácter le corresponde:

- Ostentar la representación de la Consejería por delegación del Consejero.

- Actuar como órgano de comunicación con las demás Consejerías y con otras administraciones, organismos y entidades.

- Desempeñar por delegación del Consejero la jefatura superior de todo el personal de la Consejería y resolver cuantos asuntos se refieran al mismo, salvo los expresamente reservados a la decisión del Consejero.

- La gestión de los medios materiales adscritos al funcionamiento de los órganos de la Consejería.

- Asumir, por delegación del Consejero la inspección de los centros, dependencias y organismos afectos a la Consejería.

- Disponer lo conveniente al régimen interno de los Servicios Generales de...

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