Revisión salarial - Centro Farmacéutico SL, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2006
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2006
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 071 de 24/03/2006

Resolución de 3 de marzo de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de los acuerdos de revisión salarial y servicios de guardia para el año 2006, del Convenio Colectivo de Centro Farmacéutico, S. A.

Visto el texto de los acuerdos de revisión salarial y servicios de guardia para el año 2006 del Convenio Colectivo de la empresa Centro Farmaceútico, S. A. (Código de Convenio n.º 9005562), publicado en el BOE 16-7-2005, que fueron suscritos, con fecha 18 de enero de 2006, de una parte, los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra, por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero: Ordenar la inscripción de los citados acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 3 de marzo de 2006.-El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

Asistentes:

Don Domingo Izquierdo Monleón.

Don Francisco Romero Sánchez.

Don Francisco Julián Hernández.

Don Manuel Pérez González.

Don Salvador España Ferragut.

Don Víctor Navarro Casas.

Don Pedro Arnau Marruenda.

Don José Luis Olivares Tomás.

Don Francisco Ruiz Dueñas.

En Valencia a dieciocho de enero de 2006, se reúnen los señores al margen reseñados convocados por la dirección de la empresa para acordar sobre la revisión salarial para el año 2006 de acuerdo con el artículo 10 del vigente convenio de empresa de «Centro Farmacéutico, S. A.», y establecer los servicios de guardia para 2006.

Toma la palabra el Sr. Olivares manifestando que la empresa propone un incremento salarial del 2,60% como revisión para el 2006, según lo acordado en el artículo 10 del vigente convenio de empresa; en base a ello, por unanimidad, se acuerda:

  1. Aprobar como tabla salarial para 2006 la que figura adjunta como «Anexo I. Tabla salarial 2006».

  2. Si el IPC resultante de 2006 supera el 2,60%, la Empresa, con carácter retroactivo al 1 de enero de 2006, complementará la diferencia porcentual entre el IPC real...

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