ORDEN 858/2000, de 28 de septiembre, de la Consejería de Cultura, por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Cultura.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura
Rango de LeyOrden

Establecida mediante Decreto 298/1999, de 30 de septiembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, hasta nivel de servicio, procede completar dicha estructura definiendo las unidades administrativas de inferior nivel orgánico.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en la Disposición Final Tercera del citado Decreto 298/1999, de 30 de septiembre, y previos los informes preceptivos,

DISPONGO

Artículo 1

De la Secretaría General Técnica

Para el cumplimiento de las funciones que le atribuye el artículo 4 del Decreto 298/1999, de 30 de septiembre, la Secretaría General Técnica se estructura en las siguientes unidades:

  1. Servicio de Relaciones Institucionales y Régimen Jurídico.

    1.1. Sección de Régimen Jurídico.

    1.1.1. Subsección de Régimen Jurídico.

    1.1.1.1. Negociado de Iniciativas.

    1.1.1.2. Negociado de Documentación y Publicaciones.

    1.1.1.3. Negociado de Apoyo Administrativo.

  2. Servicio de Contratación y Oficina Presupuestaria.

    2.1. Subsección de Contratación.

    2.1.1. Negociado de Contratación I.

    2.1.2. Negociado de Contratación II.

    2.2. Subsección de Gestión Presupuestaria.

    2.2.1. Negociado de Tramitación.

    2.2.2. Negociado de Apoyo Administrativo.

  3. Oficina de Supervisión de Proyectos y Obras.

    3.1. Sección de Proyectos.

    3.1.1. Negociado de Apoyo Administrativo.

  4. Servicio de Personal y Régimen Interior.

    4.1. Sección de Personal.

    4.1.1. Subsección de Gestión de Personal I.

    4.1.1.1. Negociado de Apoyo Administrativo.

    4.1.1.2. Negociado de Seguimiento y Control.

    4.1.2. Subsección de Gestión de Personal II.

    4.1.2.1. Negociado de Nóminas.

    4.1.2.2. Negociado de Seguridad Social.

    4.2. Sección de Régimen Interior.

    4.2.1. Subsección de Gestión Administrativa.

    4.2.1.1. Negociado de Régimen Interior.

    4.2.1.2. Negociado de Información y Registro.

Artículo 2

De la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas

Para el cumplimiento de las funciones que le atribuye el artículo 6 del Decreto 298/1999, de 30 de septiembre, la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas se estructura en las siguientes unidades:

  1. El Servicio Regional de Bibliotecas y del Libro se organiza en Áreas, al frente de las cuales figurará un puesto denominado "Jefe de Área", cuyas características vendrán definidas por la Relación de Puestos de Trabajo.

    Asimismo, el Servicio Regional de Bibliotecas y del Libro se estructura en las siguientes Áreas y Unidades:

    1.1. Negociado de Documentación y Archivo.

    1.2. Subsección de Apoyo a la Gestión.

    1.2.1. Negociado de Tramitación Administrativa.

    Área de Planificación y Estadística

    1.3. Subsección de Estudios.

    1.3.1. Negociado de Apoyo Técnico.

    1.3.2. Negociado de Registro de Bibliotecas.

    1.4. Subsección de Estadística y Evaluación.

    Área de Coordinación Técnica y Difusión

    1.5. Negociado de Normalización y Difusión.

    1.6. Negociado de Publicaciones.

    Área de Apoyo al Libro

    1.7. Negociado de Ayudas al Libro.

    1.8. Subsección de Fomento de la Lectura.

    1.8.1. Negociado de Actividades.

    1.9. Subsección de Depósito Legal.

    Área de Biblioteca Regional

    1.10. Sección de Coordinación de la Biblioteca Regional.

    1.11. Sección de...

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