DECRETO 53/2006, de 28 de marzo, de medidas de reforma del Instituto Catalán de la Salud.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

53/2006, de 28 de marzo, de medidas de reforma del Instituto Catal·n de la Salud.

El Instituto Catal·n de la Salud se creÛ por la Ley 12/1983, de 14 de julio, como entidad gestora de los servicios y las prestaciones sanitarias de la Generalidad y de la Seguridad Social en CataluÒa. Desde su creaciÛn, el Instituto ha sido objeto de una continua adaptaciÛn de su estructura organizativa, tanto en la su vertiente central o corporativa como en la estructura de su organizaciÛn territorial y de prestaciÛn de servicios, para adaptarlo, por una parte, a la evoluciÛn de los criterios organizativos generales del sistema sanitario en CataluÒa, como, de otra, al propÛsito de mejora continua de los servicios para responder a los retos y exigencias crecientes de las personas usuarias y de la ciudadanÌa en general.

Ahora, para dotar este Instituto de una mayor eficacia en su actuaciÛn, se precisa de una serie de medidas destinadas a revisar su estructura organizativa.

Estas medidas pretenden, por una parte, avanzar en el camino de simplificar y reducir las estructuras de car·cter administrativo central y potenciar las de orden territorial, acercando la toma de decisiones de gestiÛn general al lugar donde se produce la atenciÛn asistencial y de servicios y, de otra, redefinir el entramado de las decisiones de gestiÛn asistencial con el objetivo estratÈgico de potenciar los mecanismos de gestiÛn clÌnica, acercando la capacidad decisoria a los y las profesionales.

El presente Decreto concreta este conjunto de medidas con las siguientes actuaciones:

En el ·mbito de los Servicios Centrales del Instituto Catal·n de la Salud se procede a simplificar su estructura con la creaciÛn de una DirecciÛn EconÛmica y de OrganizaciÛn que asume las competencias que hasta ahora tenÌan asignadas la DirecciÛn EconÛmico-Financiera y la DirecciÛn de OrganizaciÛn, Sistemas de informaciÛn, Proyectos y EvaluaciÛn, que se suprimen. Esta nueva direcciÛn, junto con la de Recursos Humanos y la de Infraestructuras y Servicios TÈcnicos, son las que tienen que dar soporte a cada una de las dos lÌneas asistenciales que contin˙an organizadas como DivisiÛn de la AtenciÛn Hospitalaria y DivisiÛn de la AtenciÛn Primaria. Esta simplificaciÛn comporta, asimismo, la supresiÛn de la DirecciÛn CientÌfica, las competencias de la cual son asumidas por la DivisiÛn de AtenciÛn Hospitalaria.

En cuanto a la estructura territorial de la atenciÛn primaria del Instituto Catal·n de la Salud, Èsta tiene que responder a la realidad territorial del paÌs y al principio de proximidad a la ciudadanÌa, en tanto que destinataria del servicio sanitario p˙blico. En este sentido, se constituyen Ûrganos de gestiÛn en el ·mbito de la atenciÛn primaria de salud en las comarcas de Les Terres de l'Ebre y en las comarcas del Pirineo para dar un impulso de coordinaciÛn a la actividad de las unidades asistenciales de estos territorios.

Otro propÛsito es incrementar la coordinaciÛn a nivel territorial entre los diferentes centros y servicios del Instituto, tanto del ·mbito de la atenciÛn hospitalaria como de la atenciÛn primaria de salud. Con este objetivo se posibilita la creaciÛn de Gerencias Territoriales del Instituto Catal·n de la Salud como m·ximos Ûrganos de direcciÛn y gestiÛn de los centros hospitalarios y de atenciÛn primaria de un ·mbito territorial determinado, para abordar los procesos de forma integral bajo un ˙nico criterio directivo. En esta lÌnea de actuaciÛn, asimismo, se reformulan las estructuras de coordinaciÛn y de soporte en los dos niveles asistenciales para promover su integraciÛn en espacios de decisiÛn com˙n vertebrados mediante la Gerencia Territorial.

En cuanto a la organizaciÛn de los hospitales del Instituto Catal·n de la Salud se da carta de naturaleza a nivel normativo a la figura de las direcciones clÌnicas con el propÛsito de avanzar en una descentralizaciÛn y autonomÌa reales en aquellos aspectos de organizaciÛn y gestiÛn asistencial en que el hecho de depositar en los y las profesionales la capacidad de tomar decisiones tiene que promover una mejora cuantitativa y cualitativa en los resultados de las unidades asistenciales. El objetivo es, por tanto, integrar la toma de decisiones sobre la actividad asistencial, la utilizaciÛn de todos los recursos y el control de la calidad de los servicios, convirtiendo asÌ a la persona usuaria en el eje de las actuaciones de car·cter organizativo.

En este sentido se aborda tambiÈn una cierta redefiniciÛn de las competencias de los/las jefes/as de servicio y de los/las jefes/as de secciÛn de los centros hospitalarios para integrarlas armÛnicamente en el conjunto de competencias y atribuciones de los diferentes lugares que ostentan responsabilidades en el conjunto de una direcciÛn clÌnica.

De conformidad con lo que se ha expuesto, atendido lo que establecen los artÌculos 61 y 62 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organizaciÛn, procedimiento y rÈgimen jurÌdico de la AdministraciÛn de la Generalidad de CataluÒa, visto el dictamen de la ComisiÛn JurÌdica Asesora, a propuesta de la consejera de Salud, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

CapÌtulo 1 Artículos 1 a 4

Modificaciones en la estructura org·nica central del Instituto Catal·n de la Salud

ArtÌculo 1

Direcciones corporativas

Se modifica el apartado 3 del artÌculo 2 del Decreto 276/2001 de 23 de octubre, de reestructuraciÛn del Instituto Catal·n de la Salud, que queda redactado de la manera siguiente:

"Tres direcciones corporativas que act˙an al servicio de las dos lÌneas de actividad, bajo la dependencia directa de la DirecciÛn Gerencia, y que son:

"La DirecciÛn de Recursos Humanos.

"La DirecciÛn EconÛmica y de OrganizaciÛn.

"La DirecciÛn de Infraestructuras y Servicios TÈcnicos."

ArtÌculo 2

DirecciÛn EconÛmica y de OrganizaciÛn

2.1††Se modifica el tÌtulo del CapÌtulo 2 del TÌtulo 4 del Decreto 276/2001, 23 de octubre, de reestructuraciÛn del Instituto Catal·n de la Salud, que pasa a denominarse "DirecciÛn EconÛmica y de OrganizaciÛn".

2.2††Se modifica el artÌculo 18 del Decreto 276/2001, de 23 de octubre, de reestructuraciÛn del Instituto Catal·n de la Salud, que queda redactado de la manera siguiente:

"ArtÌculo 18

"Funciones y estructura b·sicas

"18.1††Corresponden a la DirecciÛn EconÛmica y de OrganizaciÛn las funciones siguientes:

"a)†Proponer los objetivos econÛmicos y establecer los planes de actuaciÛn en esta materia con relaciÛn a los objetivos y presupuestos aprobados para el Instituto Catal·n de la Salud.

"b)†Establecer la estructura de actividades y funciones de los procesos estratÈgicos y de soporte a la gestiÛn econÛmica del Instituto.

"c)†Establecer los proyectos de actuaciÛn para la mejora y la calidad de la organizaciÛn del ·mbito econÛmico; aprobar el plan y los proyectos de renovaciÛn de los instrumentos de soporte en los diversos entornos de la gestiÛn econÛmica y establecer los modelos y dirigir los proyectos de seguimiento y evaluaciÛn de los procesos econÛmicos del Instituto.

"d)†Proponer los precios de referencia del cat·logo de servicios del Instituto, establecer las bases econÛmicas de los procesos de compra y venta de servicios; aprobar los planes de compras agregadas de bienes y servicios, asÌ como prestar soporte a las Divisiones de AtenciÛn Primaria y de AtenciÛn Hospitalaria para integrar las polÌticas de actuaciÛn del Instituto.

"e)†Dirigir el conjunto de procesos vinculados a la generaciÛn, tratamiento, explotaciÛn y comunicaciÛn de la informaciÛn.

"f)†Dirigir el desarrollo de sistemas de mediciÛn de resultados, an·lisis y evaluaciÛn de indicadores relevantes para el control de gestiÛn del Instituto.

"g)†Impulsar y dirigir polÌticas de modernizaciÛn y mejora a los diferentes niveles de la organizaciÛn.

"h)†Dirigir las polÌticas, criterios, procedimientos modelos de desarrollo de los sistemas de informaciÛn del Instituto, de acuerdo con el Plan de Sistemas.

"i)†Coordinar los informes y estudios necesarios para evaluar la actividad del Instituto, y facturarla debidamente a los contratos de provisiÛn de servicios, especialmente con el Servicio Catal·n de la Salud.

"j)†Desarrollar nuevos sistemas de facturaciÛn para incrementar o generar nuevas lÌneas de ingresos por actividad.

"k)†Dirigir la realizaciÛn de los informes y estudios necesarios para evaluar las lÌneas de actividad, asÌ como realizar las auditorÌas internas de organizaciÛn de los servicios hospitalarios y de atenciÛn primaria del Instituto.

"l)†Todas las otras funciones que le atribuyan los Ûrganos superiores.

"18.2††Para el ejercicio de estas funciones la DirecciÛn EconÛmica y de OrganizaciÛn se dota de la estructura siguiente:

"Gerencia de Compras y PolÌticas de DistribuciÛn.

"¡rea de Escenarios EconÛmicos y Recursos.

"¡rea de AdministraciÛn y Patrimonio.

"¡rea de Sistemas de InformaciÛn.

"¡rea de Proyectos y EvaluaciÛn."

ArtÌculo 3

IntegraciÛn y supresiÛn de Ûrganos directivos y de gestiÛn

3.1††Restan suprimidas la DirecciÛn EconÛmica y Financiera, la DirecciÛn de OrganizaciÛn, Sistemas de InformaciÛn, Proyectos y EvaluaciÛn, y la DirecciÛn CientÌfica del Instituto Catal·n de la Salud previstas en los artÌculos 32 y 35 del Decreto 276/2001, de 23 de octubre, de reestructuraciÛn del Instituto Catal·n de la Salud.

3.2††El ¡rea de Sistemas de InformaciÛn y el ¡rea de Proyectos y EvaluaciÛn que se definen en los artÌculos 33 y 34 del Decreto 276/2001, de 23 de octubre, de reestructuraciÛn del Instituto Catal·n de la Salud, pasan a integrarse en la DirecciÛn EconÛmica y de OrganizaciÛn y mantienen Ìntegramente las funciones y la estructura definidas en los mencionados artÌculos.

3.3††Las funciones y estructura que el CapÌtulo 5, artÌculo 35, del Decreto 276/2001, de 23 de octubre, de reestructuraciÛn del...

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