SAN, 10 de Octubre de 2002

PonenteMERCEDES PEDRAZ CALVO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2002:7697
Número de Recurso575/1999

MERCEDES PEDRAZ CALVO CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA MARGARITA ROBLES FERNANDEZ

SENTENCIA

Madrid, a diez de octubre de dos mil dos.

Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo num 575/99 que ante esta Sala de lo

contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido el Procurador D. Jacinto Gómez

Simón en nombre y representación de CARTAGENA PARQUE S.A., frente a la Administración del

Estado defendida y representada por el Sr. Abogado del Estado, contra Resolución dictada por el

Tribunal Económico-Administrativo Central el día 15 de abril de 1.999, en materia relativa a

Impuesto sobre el Valor Añadido con una cuantía de 82.289.283 pesetas (494.568,55 euros). Ha

sido Ponente la Magistrado Dª Mercedes Pedraz Calvo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La recurrente indicada interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala contra la Resolución de referencia. La Sala dictó Providencia acordando tener por interpuesto el recurso, ordenando la reclamación del expediente administrativo y la publicación de los correspondientes anuncios en el BOE.

Segundo

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó la demanda mediante escrito en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de rigor, termino suplicando se dicte sentencia estimatoria del recurso y se decrete la nulidad de la resolución económico-administrativa que se recurre, así como las liquidaciones tributarias dimanantes de las Actas de Inspección incoadas.

Tercero

El Abogado del Estado contestó a la demanda para oponerse a la misma, y con base en los fundamentos de hecho y de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando la desestimación del recurso.

Cuarto

La Sala dictó Providencia señalando para votación y fallo del recurso la fecha del 9 de octubre de 2.002, en que se deliberó y votó habiendose observado en su tramitación las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso-administrativo el Acuerdo de 15-IV-99 RG 3472-97 RS 278-97 por el que se desestima el recurso de alzada interpuesto por CARTAGENA PARQUE S.A. contra resolución del TEAR de Murcia de 20-XII-96, expedientes acumulados num. 51/16/96 y 51/107/96 en asunto relativo al IVA ejercicios 1.991, 1.992 y 1.993, con una cuantía de 82.289.283 ptas.(494.568,55 euros)

SEGUNDO

Los hechos que se encuentran en el origen del presente recurso son los siguientes: con fecha 18 de octubre de 1.995 la Inspección de tributos incoa a la hoy actora acta de disconformidad num. 0253135 0 por el IVA de los ejercicios 1.991 a 1.993 haciendo constar que había desarrollado la actividad de promoción inmobiliaria, debiendo incrementarse el IVA repercutido declarado en 1.991 en 40.200.000 pts, correspondientes a una operación de permuta realizada el 11 de julio de 1.991, de un solar por obra a realizar, por considerarse la entrega de aquel como pago anticipado de esta. En cuanto al impuesto soportado en 1.992 se minora el declarado en 1.950.000 ptas por gastos cuya necesidad no se ha justificado, resultando una cuota de 42.150.000 ptas, con intereses de 18.772.120 ptas y una sanción de 21.075.000 ptas.

TERCERO

La actora alega como primer motivo de impugnación las irregularidades en el procedimiento inspector. La primera vendría motivada por la infracción del art....

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