STSJ País Vasco 2383/2010, 21 de Septiembre de 2010

PonenteJUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA
ECLIES:TSJPV:2010:2916
Número de Recurso1641/2010
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución2383/2010
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 1641/10

N.I.G. 48.04.4-09/011728

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a veintiuno de septiembre de dos mil diez.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos. Sres. D. MANUEL DIAZ DE RÁBAGO VILLAR, Presidente en funciones, D. JUAN CARLOS ITURRI GÁRATE y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por Rafael contra la sentencia del Jdo. de lo Social nº 2 (Bilbao) de fecha veintidós de Abril de dos mil diez, dictada en proceso sobre RPC, y entablado por Rafael frente a CESPA CONTEN S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL y CESPA CONTEN S.A.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS BENITO BUTRÓN OCHOA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

PRIMERO

El demandante viene prestando servicios por cuenta y órdenes de la demandada con la categoría profesional de peón, antigüedad desde el 13 de abril de 2005 y salario bruto mensual de 1508,96 euros incluida la prorrata de pagas extras.

SEGUNDO

La empresa demandada se encuentra dentro del Convenio Colectivo de la Industria Química de Bizkaia.

TERCERO

En fecha de 19 de noviembre de 2207 el actor sufrió un accidente.

En fecha de junio de 2009, el trabajador se reincorporó a su puesto de trabajo.

CUARTO

Se ha intentado conciliación previa en vía administrativa.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

DESESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por Rafael frente a CESPA CONTEN SA debo absolver y absuelvo a la demandada de todas las pretensiones formuladas en su contra.

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fué impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia ha desestimado la pretensión del trabajador que pide un plus de peligrosidad y penosidad en periodo de junio a diciembre de 2009 que en cálculo y cuantificación que eleva al 20% del salario base lo cifra en unos 180 euros mensuales según papeleta de demanda. Narra que tras su reincorporación de una situación de IT-IPP ya no cobra tal plus, aunque tal actividad probatoria no es confirmada de forma positiva para los intereses del demandante por la Juzgadora de instancia.

Disconforme con tal resolución de instancia el trabajador plantea recurso de suplicación articulando un único motivo jurídico al amparo del párrafo c) del art. 191 de la LPL .

SEGUNDO

Con carácter previo esta Sala ha dado audiencia a las partes sobre la posible inadmisión del recurso por razón de la cuantía, habiéndose efectuado alegaciones tan solo por el recurrido.

Recordemos, inicialmente, que el TC, con carácter reiterado, pero sirvanos de referencia su sentencia de 20-12-2004, indica que es un elemento esencial del contenido del derecho a la tutela judicial efectiva del art. 24 CE, el sistema de recursos frente a las diferentes resoluciones judiciales, y comprende dicho precepto ese derecho fundamental, dentro de la concreta configuración que debe recibir en cada una de las Leyes de Enjuciamiento que regulan los distintos órdenes jurisdiccionales, con la excepción del orden jurisdiccional penal, en razón de la existencia en él de un derecho del condenado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR