Prórroga - Unidad Editorial Información Económica SL, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia30 de Junio de 2020
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2020
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 217 de 12/08/2020

Visto el texto del acuerdo, de 22 de junio de 2020, de prórroga de ultraactividad, hasta el 31 de diciembre de 2020, del Convenio Colectivo de la empresa Unidad Editorial Información Económica, S.L. (código de convenio n.º 90018132012010), publicado en el BOE de 16 de marzo de 2018, acuerdo que fue suscrito, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por los sindicatos Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) y CC.OO., en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga de ultraactividad en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de julio de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACUERDO DE PRÓRROGA DE ULTRAACTIVIDAD DEL CONVENIO COLECTIVO DE UNIDAD EDITORIAL INFORMACIÓN ECONÓMICA, SL.

En Madrid, a 22 de junio de 2020.

REUNIDOS

De una parte, don Ricardo Martínez Jiménez, Director de Recursos Humanos y Organización del Grupo Unidad Editorial, actuando en nombre y representación de Unidad Editorial Información Económica, S.L., en adelante la Empresa.

Y de otra, doña Carmen Rosique Navarro, en representación del sindicato FeSP en la empresa.

D. Gabriel Trindade Arias, en representación del sindicato CC.OO. en la empresa.

Las partes se reconocen plena capacidad jurídica para otorgar el presente documento, y al efecto

EXPONEN

Que el 30 de junio de 2020 expira el periodo de ultraactividad del convenio colectivo de empresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 punto 5 del Convenio Colectivo de Unidad Editorial Información Económica, S.L.

Que los firmantes parten de la consideración de que la...

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