STSJ Cataluña 6341/2010, 5 de Octubre de 2010

PonenteGREGORIO RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2010:7175
Número de Recurso7148/2009
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución6341/2010
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2008 - 0072613

JSP

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 5 de octubre de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6341/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por Onesimo frente a la Sentencia del Juzgado Social 6 Barcelona de fecha 30 de junio de 2009 dictada en el procedimiento Demandas nº 1144/2008 y siendo recurridos -T.G.S.S.- (Tesorería Gral. Seguridad Social), -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social), Fundación Gran Teatro del Liceo y Mutua Asepeyo. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de diciembre de 2008 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 30 de junio de 2008 que contenía el siguiente Fallo: " Que desestimo la demanda interpuesta por Onesimo contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TESORERIA GENERAL DE LASEGURIDAD SOCIAL, MUTUA ASEPEYO, FUNDACIÓ GRAN TEATRE DEL LICEU, en reclamación por INCAPACIDAD-AGRAVACIÓN, absolviendo a los mencionados demandados de las pretensiones en la demanda contenidos. "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

La parte actora Onesimo cuyos datos de identificación personal y demás circunstancias constan en el encabezamiento de la demanda que ha dado origen al presente expediente y se da aquí por reproducido nacido el 15/08/1943, presentó solicitud de revisión por agravación el 15/07/2008.

SEGUNDO

Por resolución de 02/09/2003 fue declarado el actor en situación de incapacidad permanente total cualificada derivada de enfermedad profesional. En base a la siguientes lesiones y dolencias: espicondilitis y tendinitis bilateral. Artritis metacarpofalángica pulgar D. Tendinitis del complejo flexor del pulgar.

En aquella resolución se declaraba la responsabilidad en el pago de la prestación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Señalando que la base reguladora era de 30.898,80 euros tope máximo anual para el año 2002 que no podía ser superado.

La profesión habitual del actor era violinista.

TERCERO

Reconocido médicamente el actor por el ICAM se emitió informe en fecha 17/09/2008 en que se expresaba que se observaban en el actor las siguientes lesiones y dolencias: artrosis avanzada en manos y muñecas bilateral, gonartrosis bilateral de predominio derecho, omartrosis acromioclavicular dcha. Artrosis codos, Tendinitis Cervicoartrosis, parestesias EES izda Sd. Vestibular periférico de origen isquémico. Galucoma.

En la vía administrativa la Dirección Provincial del I.N. S.S. declaró en fecha 22/09/2008 no haber lugar a modificar por agravación el grado de incapacidad declarado.

La vía administrativa se agotó mediante la interposición de reclamación previa que fue desestimada por el I.N. S.S. de forma expresa por resolución de 17/12/2008 .

CUARTO

La base reguladora es de 30.898,80 euros.

La fecha de efectos de la prestación es 123/09/2008.

QUINTO

Onesimo en el que persiste la espicondilitis y tendinitis bilateral. Artritis metacarpofalángica pulgar D. Tendinitis del complejo flexor del pulgar, se halla afectado de artrosis avanzada en manos y muñecas bilateral, gonartrosis bilateral de predominio derecho, omartrosis acromioclavicular dcha. Artrosis codos, Cervicoartrosis con protusión discal C4.C5 y hernia discal C6-C7 y secundario a ello parestesias EES izda Sd. Vestibular periférico: crisis de vértigo rotatorio e inestabilidad en tratamiento desde 1998 con clínica variable y con seguimiento de tratamiento médico que ha mantenido la estabilidad. Lumboartrosis con discopatía degenerativa de L4-L5 L5-S1 y hernia discal L5-S1, Galucoma con AV con corrección de 8/10 en ojo derecho y 5/10 en ojo izquierdo.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se ha interpuesto por D. Onesimo recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 6 de los de los de Barcelona en fecha 30/6/09 que, desestimando la demanda presentada por el Sr. Onesimo contra el I.N.S.S., T.G.S.S., Mutua Asepeyo y Fundació Gran Teatre del Liceu, desestimó la pretensión del mismo de que se le declarase en situación de invalidez permanente en grado de absoluta para toda profesión. El Sr. Onesimo fue declarado en situación de invalidez permanente en grado de total para su profesión habitual de "violinista" derivada de enfermedad profesional por resolución administrativa de 2/2/03. Las lesiones por las que fue declarado en dicha situación fueron las de "epicondilitis y tendinitis bilateral, artritis metacarpofalángica pulgar D, tendinitis...

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