STSJ Cataluña 5725/2010, 13 de Septiembre de 2010

PonenteJACOBO QUINTANS GARCIA
ECLIES:TSJCAT:2010:5883
Número de Recurso4602/2009
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución5725/2010
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2010
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2008 - 0060392

mm

ILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIA

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMO. SR. DANIEL MARTÍNEZ FONS

En Barcelona a 13 de septiembre de 2010

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 5725/2010

En el recurso de suplicación interpuesto por Melisa frente a la Sentencia del Juzgado Social 11 Barcelona de fecha 20 de marzo de 2009 dictada en el procedimiento Demandas nº 910/2008 y siendo recurrido/a -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JACOBO QUINTANS GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 20 de marzo de 2009 que contenía el siguiente Fallo:

"Que debo desestimar y desestimo totalmente la demanda formulada por doña Melisa, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL que pretendía declaración de que se encuentra en situación de incapacidad permanente en el grado de absoluta para todo tipo de trabajo o, subsidiariamente, total para su profesión habitual."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes: "1º - La parte actora doña Melisa, nacida el 23/01/1954, titular de D.N.I. nº NUM000, afiliada a la Seguridad Social en el Régimen General con el nº NUM001, de profesión habitual actual teleoperadora a tiempo parcial, y antes comercio al por menor por cuenta propia en el RETA, en el que acredita mayor número de cotizaciones, acredita cotización por periodo suficiente para lucrar la prestación que postula y base reguladora de 178,27 euros.

  1. - En situación de desempleo solicitó, el 16/05/2008, la prestación periódica de inacapacidad permanente.

    Incoado expediente de incapacidad permanente, emitió dictamen l'I. C.A.M., el 02/06/2008, que recogía como dolencias: "Espondiloartrosis anquilosante HLA B- 27. Sacroileitis bilateral grado 3.F" y resolvió la Dirección Provincial del I.N. S.S. en Barcelona, el 26/04/2008, declarando que no se encontraba afecta de incapacidad permanente en grado alguno.

  2. - Consta el agotamiento de la vía administrativa, mediante desestimación de reclamación previa por resolución expresa.

  3. - Padece: Espondiloartrosis anquilosante HLA B-27 (+) con afectación axial bilateral (sacroileitis grado 3 y cuadratura de cuerpos vertebrales) y periférica, en forma de entenosopatía de hombros, tratada, con buenos resultados con anti/inflamatorios y sin actuales signos inflamatorios. Lumboartrosis leve con discopatía L5-S1 y escoliosis izquierda. Rizartrosis en pulgar derecho."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia del juzgado de lo...

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