STSJ Comunidad de Madrid 481/2010, 5 de Julio de 2010
Ponente | ENRIQUE JUANES FRAGA |
ECLI | ES:TSJM:2010:11831 |
Número de Recurso | 1547/2010 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 481/2010 |
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2010 |
Emisor | Sala de lo Social |
RSU 0001547/2010
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.6
MADRID
SENTENCIA: 00481/2010
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6
MADRID
C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27
Tfno. : 91.493.19.46
N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001
40126
ROLLO Nº: RSU 1547-10
TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION
MATERIA: DESPIDO Y EXTINCION DE CONTRATO
Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 18 de, MADRID
Autos de Origen: DEMANDA 1013/09
RECURRENTE/S: Norberto
RECURRIDO/S: NEXO ELECTRICA SL, Teodoro, Luis Pablo, F.G.S Y D. Leon (Administrador Concursal)
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID
En MADRID a cinco de Julio de dos mil diez
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA,, Magistrados, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº 481
En el recurso de suplicación nº 1547-10 interpuesto por el Letrado ELENA GUTIERREZ GARCIA en nombre y representación de D. Norberto, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 18 de los de MADRID, de fecha 10.11.09, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.
Que según consta en los autos nº 1013-09 del Juzgado de lo Social nº 18 de los de Madrid, se presentó demanda por Norberto contra, NEXO ELECTRONICA, DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN S.L, GREEN ELECTRONICA S.L, D. Teodoro D. Luis Pablo, FGS Y D. Leon (Administrador Concursal) en reclamación de DESPIDO Y EXTINCION DE CONTRATO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 10.11.09 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Previa desestimación de las excepciones de incompetencia de jurisdicción y caducidad de la acción, y estimando en parte la demanda, declaro extinguida la relación Laboral y condeno solidariamente a NEXO ELECTRONICA, S.L Y DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN, S.L a abonar a D. Norberto, como indemnización, 28.284,56 euros; y absuelvo a D. Teodoro, D. Luis Pablo Y GREEN ELECTRONICA, S.L.; debiendo el Administrador Concursal y F.G.S., en tal carácter, estar y pasar por esta resolución".
En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:
D. Norberto ha prestado servicios para NEXO ELECTRONICA, S.L, con antigüedad 16 de noviembre de 2000, grupo profesional Contable y Salario mensual con p.p. de pagas de 2.099,04 euros.
La empresa NEXO ELECTRONICA, S.L ha dejado de abonar la retribución al actor desde marzo de 2009 y de pagarle la comida que se realizaba mediante ticket restaurante.
El 29 de abril de 2009, la empresa NEXO ELECTRONICA, S.L, presenta solicitud de declaración de concurso y por el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, por auto de 25.6.2009, aclarado por auto de 9 de septiembre de 2009, se declara en concurso voluntario a la empresa, y el 8 de julio se nombra a D. Leon Administrador Concursal Unico.
Por el Juzgado de lo Social nº 29 de Barcelona, en procedimiento seguido frente a NEXO ELECTRONICA, S.L y DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN, S.L, se declara extinguida la relación laboral por sentencia de 8.6.2009 y se absuelve a DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN, S.L en procedimiento instado por D. Jose Pedro .
La empresa NEXO ELECTRONICA, S.L, ha despedido y reconocido la improcedencia del despido a:
-Sr. Alejandro (Vendedor) el 28.11.2008,
-Sr. Esteban (Oficial 1º) el 19.12.2008,
-D. Inocencio (Director comercial) el 5.12.2008,
-Dª Ariadna (Aux. Adm) el 30.1.2009,
-Dª Erica (Limpiadora) el 7.2.2009,
-Dª Manuela (Aux. Adm) el 20.2.2009.
Dª Gema causa baja voluntaria el 11 de mayo de 2009; es hija del Administrador de la sociedad D. Teodoro .
D. Jesús María causa baja el 4.6.2009.
El actor fue preavisado el 19.6.2009 del despido. Se da por reproducida la comunicación obrante en folio 181 siendo la fecha de efectos 19 de julio.
El vehículo Audi A4 TD1 1.9, matrícula W-....-WY, se vendió a DISPLAY ELECTRONICA ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN S.L, lo vendió a D. Benjamín por 4.300 euros, en febrero de 2009.
En año 2008, NEXO ELECTRONICA, S.L, pagaba el seguro de este vehículo.
El vehículo X-....-XU, propiedad de D. Benjamín, se cedió para el uso de los empleados de NEXO ELECTRONICA, S.L el 15 de septiembre de 2005, siendo los gastos del uso y seguros por cuenta de NEXO ELECTRONICA, S.L, pactando que, en caso de venta, existe opción de compra por NEXO ELECTRONICA, S.L.
Si se arreglaba el vehículo, se hacía en el taller de D. Benjamín y éste abonaba los gastos de reparación.
PRIMERO.- NEXO ELECTRONICA, S.L solicitó a la Agencia Tributaria el aplazamiento o fraccionamiento del IVA, el 17 de abril de 2009 se solicita del primer trimestre 2009, base imponible 385.897,19 euros, el 20 de julio de 2009 del segundo trimestre de 2009, base imponible 164.565,38 euros.
SEGUNDO.- DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN, S.L ha firmado un escrito solicitando la declaración de concurso, y se presenta en el Registro de los Juzgados el día 9 de septiembre de 2009.
TERCERO.- NEXO ELECTRONICA, S.L abonaba a Movistar los servicios que tenía contratados (contrato de empresa 22 líneas), en diciembre de 2008 el importe total fue de 555,5534 euros más IVA.
CUARTO.- Los movimientos de la cuenta nº 2013-1628-66-0200002597 de NEXO ELECTRONICA, S.L en Caixa Cataluña, desde 4 al 12 de febrero son los que constan en la prueba documental de la parte actora y se dan por reproducidos; el saldo a 12 de febrero es de 23.057,63 euros y disponible 19.208,60 euros al existir retención de 4.740,03 euros, y desde 22 de diciembre de 2008 a 10 de agosto de 2009, es el que se refleja en folios 41 a 55 y se dan por reproducidos, saldo 5.355,33 euros.
De esta cuenta se transfiere a Global Orbiexpres, el 14.1.2009, a 4000 euros con provisión de fondos reforma.
QUINTO. DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACION, S.L se constituyó en Madrid el día
6.11.02 mediante escritura pública otorgada por Dª Benita, Dª Graciela (hija de la primera), Dª Patricia y Dª Gema (hija de la tercera). La primera y la tercera fueron designadas administradoras solidarias. Ambas están casadas, respectivamente con D. Luis Pablo y D. Teodoro, socios y administradores solidarios de NEXO ELECTRONICA, S.L.
El objeto social es la fabricación, montaje, compra, venta, alquiler, comercialización, etc., de todo tipo de equipos eléctricos, electrónicos y electromecánicos, sus componentes, etc.
La sociedad DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN, S.L carece de instalaciones propias (ni industriales ni de almacén). Tampoco ha contado nunca como trabajadores (de hecho, ni siquiera figura inscrita en Seguridad Social).
Sin embargo, además de Dª Gema (socia al 25% de DISPALY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN,
S.L y a la vez dada de alta como empleada por cuenta ajena en NEXO ELECTRONICA, S.L), consta que tanto los dos administradores de NEXO ELECTRONICA, S.L, como incluso otro de los trabajadores de ésta también contaban con tarjetas de visita de DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN, S.L.
El actor no ha prestado servicios para DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN, S.L.
Son administradores solidarias Dª Benita y Dª Patricia ; ambas figuran dadas de alta desde 1.11.2003 en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), sin constar que dichas altas correspondan a su relación con la sociedad DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN, S.L, sino por otra actividad (CNAE 6920: actividades de contabilidad y asesoría fiscal). En el modelo 347 de Hacienda (operaciones con terceras personas) correspondiente a la empresa NEXO ELECTRONICA, S.L y al ejercicio 2008 facilitado por el Sr. Teodoro, figura que la empresa DIPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN, S.L emitió facturas a la anterior por un importe total superior a 332.190 euros.
SEXTO.- Se giran facturas por Dª Benita por estudios de mercado, seguimiento de ventas, y Dª Patricia por servicios de señoría y gestión contable.
SEPTIMO. GREEN ELECTRONICA, S.L se constituye el 6 de mayo de 2009 por escritura otorgada por D. Juan Miguel y Dª Gema, capital social 3.200 euros, el primero suscribe 3.100 y el segundo 100; Se designa a ésta administradora, dimite y se designa el 16.6.2009 a D. Juan Miguel .
El objeto social es la comercialización, montaje, compra, venta, alquiler, fabricación, etc, de todo tipo de equipos eléctricos, electrónicos y electromecánicos, sus componentes, etc. Esto es el mismo que el de DISPLAY ELECTRONICA Y VISUALIZACIÓN, S.L y NEXO ELECTRONICA, S.L, domicilio C/Cuba, 1 -Coslada.
Coinciden algunos clientes con los que tuvo NEXO ELECTRONICA, S.L. La única trabajadora es Dª Gema como Consejera.
OCTAVO. El 2 de junio de 2009, se presenta por D. Felix, quien dice actuar en representación de D. Nazario y D. Norberto, ante la Inspección de Trabajo, y se levanta acta de infracción por falta de pago de salarios y se informa que se ha remitido informe al Juzgado de lo social nº 16.
NOVENO. El actor presenta papeleta de conciliación ante el SMAC el 5.11.2009 en reclamación de cantidad, el 12 de junio de 2009 en reclamación por resolución de contrato.
Se presenta demanda por resolución de contrato y despido el 3 de julio de 2009.
Comparecen la parte actora, las demandadas y el Administrador Concursal.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se...
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