SAP Valencia 280/2010, 26 de Mayo de 2010

PonenteMARIA FILOMENA IBAÑEZ SOLAZ
ECLIES:APV:2010:3391
Número de Recurso791/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución280/2010
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª

Rollo nº 000791/2009

Sección Séptima

SENTENCIA Nº 280

SECCION SEPTIMA

Ilustrísimos/as Señores/as:

Presidente/a:

DOÑA Mª DEL CARMEN ESCRIG ORENGA.

Magistrados/as

DOÑA PILAR CERDAN VILLALBA.

DOÑA MARIA IBAÑEZ SOLAZ.

En la Ciudad de Valencia, a veintiséis de mayo de dos mil diez.

Vistos, ante la Sección Séptima de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación, los autos de Juicio Verbal - 000209/2009, seguidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 6 DE SUECA, entre partes; de una como demandante/s - apelante/s Dª Estela, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. SARA GIMENEZ HIGON y representado por el/la Procurador/a D/Dª RAMON ANTONIO BIFORCOS SANCHO, y de otra como demandado/s - apelado/s AGRIOS Y NAVES SL, dirigido por el/la letrado/a D/Dª. LUIS ROCHE MORENO y representado por el/la Procurador/a D/Dª ESTEFANIA LAURA VERDU USANO.

Es Ponente el/la Ilmo/a. Sr./Sra. Magistrado/a D/Dª. MARIA IBAÑEZ SOLAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos, por el Ilmo. Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 6 DE SUECA, con fecha diecinueve de mayo de dos mil nueve, se dictó la sentencia cuya parte dispositiva es como sigue: "FALLO: Debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Carlos Beltrán Soler en nombre y representación de Dª Estela contra AGRIOS Y NAVES, S.L. absolviendo a la misma de la demanda contra ellos dirigidos. Con imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte demandante se interpuso recurso de apelación, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde comparecieron las partes personadas. Se ha tramitado el recurso, acordándose el día cinco de mayo de dos mil diez para Votación y Fallo, en que ha tenido lugar. TERCERO.-En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales en materia de procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la actora Sra. Estela se formula recurso de apelación contra la sentencia por la que se desestima la demanda de juicio verbal, sobre suspensión de obra nueva, que había interpuesto contra la mercantil demandada, a la que se absuelve de las pretensiones formuladas en su contra al entender que la obra cuya paralización se instaba ya se encontraba técnicamente finalizada. Entiende la apelante que ello no es así.

A dicho recurso se opone la parte demandada que defiende la tesis de la sentencia.

SEGUNDO

Tras un nuevo examen de la pretensión deducida por la actora, la oposición de la demandada, la prueba practicada, lo resuelto por la juzgadora de instancia, así como los motivos de apelación y oposición que se suscitan en esta alzada este Tribunal debe necesariamente que recordar cual es la naturaleza, objeto y alcance del procedimiento en que nos encontramos y elegido por los actores.

Estamos en presencia de un procedimiento de carácter sumario y especial en el que la decisión a adoptar tiene por finalidad el proteger la propiedad, la posesión o cualquier otro derecho real, que se vea perturbado por el efecto de una obra o construcción, entendida en un sentido amplio. Se configura, pues, como un proceso cautelar que se caracteriza porque la prevención se lleva a cabo para mantener un estado de hecho, evitando de esta manera una eventual, pero probable y racional, lesión jurídica que se deriva de una...

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