STSJ Comunidad Valenciana , 18 de Octubre de 2001
Ponente | TERESA PILAR BLANCO PERTEGAZ |
ECLI | ES:TSJCV:2001:8604 |
Número de Recurso | 791/1999 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 18 de Octubre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso contra Sentencia núm. 791/99 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz En Valencia, dieciocho de octubre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA N° 5510/2001 En el Recurso de Suplicación núm. 791/99, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de diciembre de 1998, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Alicante, en los autos núm. 601/98, seguidos sobre reconocimiento derecho, a instancia de Juan Miguel y Don Julián , contra BENISOL SA Y MORGANTAVERN SA UNIVERSAL, y en los que es recurrente la parte demandantes, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Teresa Pilar Blanco Pertegaz
La sentencia recurrida de fecha 17 de diciembre de 1998, dice en su parte dispositiva:
"
FALLO
" Desestimando la excepción de incompetencia de jurisdicción del Orden Social alegada por la parte demandada, y DESESTIMANDO LA DEMANDA rectora de autos interpuesta pro DON Juan Miguel Y DON Julián , frente a las empresas BENISOL SA Y MORGANTAVERN S.A UNIPERSONAL, en materia de RECONOCIMIENTO DE DERECHO, debo absolver y absuelvo a las referidas mercantiles demandadas de cuantas pretensiones se deducen en su contra en la citada demanda."
Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:
"PRIMERO.- Los actores, DON Juan Miguel , titular del D.N.I. n° NUM000 y DON Julián , titular del D.N.I. n°
NUM001 , de las demás circunstancias personales que figuran en el encabezamiento de su demanda, han venido prestando sus servicios por cuenta y orden de la empresa BENISOL S.A dedicada a la actividad de la hostelería, prestando ambos tales servicios en los bares ubicados en el interior del hotel, con las siguientes circunstancias profesionales: DON Juan Miguel , con la categoría profesional de Camarero, antigüedad del 6 de abril de 1.976, y salario mensual de 235.164 ptas, con inclusión del prorrateo de pagas extras; y DON Julián con categoría profesional de Jefe Bar, antigüedad de 4 de julio de 1.977 y salario mensual de 229.824 ptas, con inclusión del prorrateo de pagas extras -foliados 200 a 226- SEGUNDO.- Con fecha de 22 de julio de 1.998 la mercantil "BENISOL" S.A. "domiciliada social y fiscalmente en Benidorm avd. Filipinas 10 provista de N.I.F. n° A- 17016569 y en su nombre y representación, Don Íñigo " en calidad de Consejero delegado de la misma, y la mercantil MORGANTAVERN S.A. UNIPERSONAL, "Domiciliada social y fiscalmente en Benidorm / Gerona n° 42, provista de N.I.F. N° A- 53273066 y en su nombre y representación Don Clemente ", en calidad de DIRECCION000 de la misma, celebraron un "contrato de arrendamiento de industria", según el cual la mercantil BENISOL, s a. CEDE EN ARRENDAMIENTO A morgantaver s a los inmuebles situados en la planta Baja (Salón número 2) y en la Planta Semisotano (Salón número 1) del Hotel Presidente, "los cuales tienen su entrada a través de la recepción y de la piscina de Hotel" folios 39 a 44 y 188 a 195-. TERCERO.- En el referido contrato se establece lo siguiente:
estipulación segunda: "el inmueble y los bienes arrendados, como constitutivos de una industria expresamente habilitada y preparada para el ejercicio de la actividad de "...explotación de industria turística, tales como, cafeterías, pubs, bares, salas de fiesta, discotecas y similares...", no podrán ser destinados más que al uso que les resulta propio y a la actividad citada, salvo autorización expresa de la ARRENDADORA.
El incumplimiento de esta obligación será causa de inmediata resolución del contrato."; estipulación decimocuarta "Serán por cuenta exclusiva de la arrendataria: a) los gastos derivados de los suministros de luz, agua, teléfono, gas, recogida de basuras, y vigilancia, así como los de limpieza de los mismos, se pasará una cantidad mensual por este concepto de importe PESETAS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL (PTAS 175.000.-) siempre que vengan como resultado del ejercicio por la ARRENDATARIA de la industria arrendada; estipulación decimoséptima: "LA ARRENDATARIA se obliga a comparar las mercánderias y demás suministros de cualquier tipo necesarios para el funcionamiento de la industria arrendada, a la Sociedad "SUMINISTROS BENIHOTEL SL", SUBROGÁNDOSE EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS PACTOS QUE, EN ESE SENTIDO, ESTABAN ACORDADOS ENTRE DICHA Empresa Y la ARRENDADORA". Y LA DECIMONOVENA: "Debido al marco o espacio físico común en que se desenvuelven las actividades de ambas partes, la ARRENDATARIA se obliga, para evitar confusiones entre la clientela de los establecimientos a que el personal a su cargo vaya vestido con prendas y uniformes donde, de forma clara y indubitada, aparezca el anagrama HB (HOTELES BENIDORM), nombre comercial de la ARRENDADORA"
-foios 39, 40,42 y 43-. CUARTO.- Don Íñigo es el DIRECCION000 de BENISOL S.A. y el DIRECCION000 de MORGANTAVERN S.A es su hijo, Don Clemente , tratándose de una sociedad unipersonal, - folios 35 y 36-. Que se constituyó el 14 de abril de 1.998 -folio 145-. QUINTO.- La mercantil MORGANTAVERN posee un capital suscrito de 10.000.000 ptas, y con un capital desembolsado de 2.500.000 ptas - folios 36, 145, 146 y 148-. Benisol tiene fijado un capital social de 50.000.000 ptas -folio 164-. SEXTO.- Don Clemente forma parte del consejo de Administración de la mercantil BENISOL, S.A., junto a su referido padre, Don Íñigo , su hermana Doña Sara , su hermano Don Joaquín y Don Pedro Miguel folio 131-.SEPTIMO.- Don Clemente es DIRECCION002 , junto a su hermano Ramón de las mercantil "MIHOTEL, S.A" FOLIO 53- consejero de "HOTELES TECNICOS S.A - Folio 54. Al igual que sus padres y su hermano Íñigo , Consejero de "Hoteles Benidorm S.A", y también junto a sus padres y su hermano Íñigo -folio 55- y DIRECCION003 , junto a su madre y su hermano Íñigo , siendo DIRECCION001 su padre, de "SUMINISTROS BENIHOTEL SL" - folio 56-. OCTAVO.- BENISOL S.A, mediante escrito datado el 29 de julio de 1.998, comunico a Don Luis Carlos lo siguiente: "de conformidad a lo establecido en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, que a empresa para la que presta sus servicios BENISOL S.A. ha cedido en arrendamiento a la empresa MORGANTAVERN S.A. UNIPERSONAL, los centros de trabajo denominados "BAR I Y BAR II", y que son susceptibles de explotación económica independiente y autónoma, y ello a partir del próximo día 6 de agosto de 1.998. Evidentemente, y en cumplimiento de lo establecido en el precepto referenciado, este...
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