SAP Tarragona 68/2000, 28 de Febrero de 2000

PonenteXAVIER NOUVILAS PUIG
ECLIES:APT:2000:267
Número de Recurso96/2000
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución68/2000
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE TARRAGONA

SECCION SEGUNDA

Rollo Apelación nº 96/00

P.A. 1025/94

Instrucción nº 3 de Tarragona

J.O. 233/97

Penal nº 1 de Tarragona

SENTENCIA NÚM. 68

Ilmo. Sr. Presidente

D. Rafael Albiac Guiu

Ilmos. Sres. Magistrados

D. Eduardo López Causapé

D. Xavier Nouvilas Puig

En la ciudad de Tarragona, a 28 de febrero de dos mil.

Visto ante la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por Carlos Alberto representado por la Procuradora Sra Ferrer y defendido por la Letrado Sra Sabat contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Tarragona con fecha 13 de diciembre de 1.999 en Procedimiento Abreviado seguido por el delito de lesiones en el que figuran como acusados el recurrente y Oscar siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Xavier Nouvilas Puig.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:

"De lo actuado en juicio resulta probado y así se declara que: Sobre las 3,10 horas del 27 de Junio de

1.994, como consecuencia de una discusión por cuestiones de tráfico el acusado Oscar, mayor de edad, sin antecedentes penales, encontrándose en las inmediaciones de la Plaza de Venus en Salou propinó una bofetada al también acusado Carlos Alberto, mayor de edad, sin antecedentes penales, no existiendo constancia de que sufriera lesión alguna, quien a su vez, propinó otra al anterior y, al presenciar Carlos Alberto cómo el primero estiraba de los cabellos a su novia, Gabriela la cual se había interpuesto entre ambos, le dio una patada en la cara, ocasionándole contusión y edema subconjuntival del párpado superior derecho, contusión molar derecho, herida contusa en ceja izquierda, fractura del tabique nasal y contusiones varias, de pronóstico grave, por lo que precisó ingreso hospitalario durante 4 días, siguiendo posteriormente controles mensuales y siendo dado de alta a los 2 meses, quedando como secuela una ligera desviación del dorso nasal, sin afectación funcional" .

SEGUNDO

Dicha sentencia contiene el siguiente Fallo:

"Que debo condenar y condeno a Oscar como autor responsable de dos faltas de lesiones del art. 582.2 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un día de arresto menor por cada falta.

Que debo condenar y condeno a Carlos Alberto como autor responsable de un delito de lesiones del art. 420.1 del Código Penal, con la concurrencia de la circunstancia eximente incompleta de legítima defensa ajena del art. 8.4, a la pena de 3 meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Y en concepto de responsabilidad civil, deberá Carlos Alberto indemnizar a Oscar en 250.000 pesetas, por las lesiones y en 125.000 pesetas, por las secuelas, y por su parte éste deberá indemnizar a aquél en 4.000 pesetas, y a Gabriela en 8.000 pesetas".

TERCERO

Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por Carlos Alberto fundamentándolo en los motivos que constan en el escrito articulando el recurso.

CUARTO

Admitido el recurso y dado traslado por diez días a las demás partes para que presentasen escritos de impugnación o adhesión, por el Ministerio Fiscal y la defensa de Oscar se solicita la confirmación de la resolución recurrida..

HECHOS PROBADOS

SE ACEPTAN...

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