Resolución 21 de noviembre 1995 (BOE 4 de enero de 1996) (inmatriculación: expediente de dominio)
Autor | Tomás Giménez Duart |
RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Ángel Luis Doñoro Yebra, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Alcalá de Henares, número 4, a inscribir un testimonio de auto dictado en expediente de dominio, en virtud de apelación del recurrente.
En el recurso gubernativo interpuesto por don Ángel Luis Doñoro Yebra, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Alcalá de Henares, número 4, a inscribir un testimonio de auto dictado en expediente de dominio, en virtud de apelación del recurrente.
Hechos
I.-En el año 1982, don Ángel Luis Doñoro Yebra, casado con doña María Jesús Anchuelo Sánchez, adquirió por compra a don Claudio Sánchez Albornoz, un solar de 249 metros cuadrados, sito en la calle del Coso, sin número (hoy calle Lavadero, número 11), de Anchuelo (Madrid). De dicha adquisición carece de documento escrito. Y, asimismo, el solar adquirido no estaba inscrito en el Registro de la Propiedad.
El señor Doñoro, efectuada la compraventa, construyó en el solar una vivienda de 138 metros cuadrados de superficie, expidiéndose certificado final de obra, visado por el Colegio de Arquitectos el día 5 de diciembre de 1984. A continuación se obtuvo la cédula de habitabilidad, de fecha 13 de junio de 1985 y se dio de alta en contribución territorial urbana, presentado la declaración el día 17 de abril de 1985, expidiéndose a su nombre los recibos anuales.
El día 27 de marzo de 1992, por el señor Doñoro se instó expediente de dominio ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Alcalá de Henares, acompañando al correspondiente escrito la certificación registral en el que se expresa que no aparece inscrita la finca a favor de persona alguna, y demás documentos acreditativos. Que practicadas las pruebas documentales y testificales propuestas, con intervención del Ministerio Fiscal, el citado Juzgado dictó auto de fecha 23 de octubre de 1992, en el que se declaró justificado el dominio a favor de don Luis Doñoro Yebra doña María Jesús Anchuelo Sánchez en régimen de gananciales de la finca que se describe y acordó la inscripción de dicho dominio en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares, numero 4.
II.-Presentado testimonio de la anterior resolución en el Registro citado fue calificado con la siguiente nota: «Presentado el precedente testimonio de auto el día 16 de diciembre último, bajo el asiento 1105 del Diario número 10, deniego la inmatriculación solicitada por no ser el expediente de dominio el procedimiento adecuado para lograr la inscripción a favor del promotor cuando su adquisición dominical tiene su causa inmediata en un documento privado; la falta de título...
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