DECRETO 310/1999, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Empleo de personal informático al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 310/1999, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Empleo de personal informático al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

La racionalización y optimización de los recursos humanos constituye una estrategia básica en el proceso de reforma y modernización de la Administración. Con el objetivo de asegurar un aprovechamiento más eficiente de los recursos humanos el Art. 30 del Texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 25 de octubre, aborda la regulación de los planes de empleo como el instrumento técnico imprescindible para diseñar y ejecutar la planificación de necesidades de personal.

El citado artículo desarrolla el contenido, previsiones y medidas de los planes de empleo, configurándolos como instrumentos esenciales para el planteamiento global de las políticas de recursos humanos de las distintas organizaciones administrativas, tratando de adecuar el mercado interno de trabajo a las necesidades reales de la propia Administración con el fin de incrementar la eficiencia de la misma.

En concordancia con tal regulación legal, el artículo 7.º del I Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad deCastilla y León y de la Gerencia deServicios Sociales de Castilla y León, articula la aplicación de los planes de empleo respecto del personal laboral incluido en su ámbito de aplicación, estableciendo, al efecto, que las medidas aprobadas en un plan de empleo que pudiesen entrar en contradicción con lo establecido en dicho Convenio, tendrán prevalencia sobre lo dispuesto en éste.

Dicho precepto establece igualmente que en ningún caso la aplicación de los planes de empleo supondrá la extinción de la relación jurídicolaboral, excepto cuando ésta (la extinción) derive de la aplicación de las medidas previstas en materia de jubilaciones anticipadas y bajas voluntarias incentivadas de los trabajadores.

Por Decreto 234/1997, de 27 de noviembre, la Junta de Castilla y León adopta las medidas referentes al Plan de Empleo del personal informático, aprobando su iniciación y adoptando determinadas medidas cautelares en orden a la consecución de los objetivos básicos del citado Plan.

Tal y como se señala en la Memoria del Plan de Empleo, conviene destacar que la función informática se ve sometida a una evolución tecnológica vertiginosa, tanto en lo que se refiere al soporte material, es decir:Los dispositivos físicos y lógicos que integran el conjunto de sistemas que hacen posible la mecanización de los procedimientos, como en los aspectos intelectuales de la función.

Por la Administración de la Comunidad de Castilla y León se ha dado un primer paso para analizar en profundidad el estado de la cuestión a través de la confección del Plan Informático de Castilla y León. Este documento, contempla un análisis completo de todos los aspectos que inciden en la materia, tratando aspectos organizativos, tecnológicos, definiciones de actividades horizontales, etc., así como distintas propuestas para los problemas planteados.Los estudios y propuestas que se refieren a la organización de funciones y puestos, contenidos en el Plan Informático, han servido como punto de partida a la hora de llevar a cabo el trabajo de redacción de un Plan de Empleo del personal Informático.

El Plan de Empleo tiene como objetivo fundamental organizar de la forma más adecuada la actividad informática que desarrollan los profesionales destinados a este cometido en el ámbito de la Administración Regional.Es evidente que la eficacia y la optimización de los recursos es un principio esencial en toda organización, sea pública o privada, pero que cuando se trata de recursos públicos se convierte en obligación impuesta por el propioOrdenamiento Jurídico, y todo ello con el fin fundamental de dar el mejor servicio público a todos los ciudadanos, que son en definitiva quienes lo financian, y por tanto beneficiarios de cuanto se produce en la Administración.

Desde otro punto de vista el Plan de Empleo huye de la oposición permanente entre la prestación de servicios con medios propios (gestión directa) o con medios ajenos (gestión indirecta). Se trata de saber qué debe hacerse con los medios personales de los que se dispone. Para ello se distribuyen funciones y tareas, y se definen puestos de trabajo con contenido y funciones, aprovechando al máximo las óptimas condiciones y disposición de la plantilla de la que se dispone.

Partiendo de la cualificación de los profesionales de la informática de esta Administración, en general el Plan de Empleo persigue, como objetivo prioritario, obtener una plantilla de trabajadores con funciones acordes a las necesidades actuales y puestos de trabajo con pleno contenido funcional, que sean ciertamente rentables para la sociedad.

El Plan de Empleo ha sido negociado y acordado con el Comité Intercentros en cuanto órgano de representación del personal laboral afectado, de conformidad con el contenido del artículo 7.º del I Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de laGerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

Asimismo, la presente norma ha sido informada favorablemente por la Comisión de Personal, según previene el artículo 2.º del Decreto 288/1991, de 10 de octubre; y por el Consejo de la Función Pública de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Legislativo 1/1990, de 25 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de laLey de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla yLeón.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia y Administración Territorial y de Fomento, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión de 16 de diciembre de 1999

DISPONGO:

Artículo 1 º Aprobación.

Se aprueba el Plan de Empleo de personal informático al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que contiene las previsiones y medidas siguientes:

  1. Previsión sobre modificación de la estructura organizativa y de puestos de trabajo a...

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