Revisión salarial - Centro Farmacéutico SL, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2016
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2016
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 87 de 11/04/2016

Visto el texto de la revisión salarial para el 2016 del Convenio colectivo de la empresa Centro Farmacéutico, S.L. (código de Convenio núm. 90005562011986), publicado en el «BOE» de 14 de octubre de 2015, revisión salarial que fue suscrita, con fecha 11 de febrero de 2016, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por los Comités de empresa y Delegados de personal, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de marzo de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA CENTRO FARMACÉUTICO, S.L.

En Valencia, siendo las 13 horas del día 11 de febrero de 2016, se reúnen en los locales de la Empresa sitos en el polígono Vara de Quart, 46940 Valencia, calle Dels Pedrapiquers, 6, se reúnen:

Por la parte social:

Janire Fernández Rodríguez.

Alejandro López Alonso.

M. Carmen González Arnau.

Carlos Tornero Montaraz.

David Herreros Pascual.

Pablo Terán Coloma.

Francisco Julián Hernández.

José Miguel Valcárcel Gomariz.

Por la parte empresarial:

Ernesto Fuster Torres.

Fernando Ruiz Rodríguez.

Y ambas partes se reconocen y constituyen como comisión negociadora de la empresa y por unanimidad, adoptan los siguientes acuerdos:

  1. Se acuerda aprobar las tablas salariales para el año 2016 que figuran como anexo I al presente documento. Las mismas incorporan un incremento del 1 % sobre las tablas salariales del año 2015.

  2. Dicho acuerdo entrara en vigor a partir del 1 de enero de 2016.

  3. Publicar el calendario de guardias para el ejercicio 2016, que se adjunta como anexo II.

  4. Facultar a Fernando Consuelo Lorente, para que se encargue...

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