LLEI 2/1987, de 5 de gener, que estableix un recàrrec sobre la taxa estatal que grava les màquines escurabutxaques.
Sección | Disposicions Generals |
Emisor | Departament de la Presidencia |
Rango de Ley | Llei |
EL PRESIDENT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA
Sia notori a tots els ciutadans que el Parlament de Catalunya ha aprovat i jo, en nom del Rei i d'acord amb el que estableix l'article 33.2 de l'Estatut d'Autonomia, promulgo la següent LLEI
L'article 12.1 de la Llei Orgànica 8/1980, de Finançament de les Comunitats Autònomes, autoritza aquestes perquè puguin establir recàrrecs sobre determinats tributs estatals.
Dins l'esperit que va inspirar la Llei 21/1984, d'Impost sobre el Joc de la Plena o Bingo, hom considera oportú fer ús d'aquesta autorització amb la doble finalitat d'incrementar els recursos tributaris de la Generalitat i de mantenir dins uns límits raonables l'activitat del joc.
-1 Amb efecte des de l'1 de gener de 1987 s'estableix un recàrrec sobre la taxa fiscal que grava l'autorització, l'organització o la celebració de jocs d'atzar mitjançant màquines i aparells automàtics regulada pel Reial Decret-Llei 16/77, del 25 de febrer, i desenvolupat pel Reial Decret 2221/84, del 12 de desembre.
-2 El tipus del recàrrec serà del 20% sobre la quota tributària de la taxa fiscal fixada per l'article 6.2 del damunt dit Reial Decret.
-3 La Llei de Pressupost de la Generalitat pot modificar el tipus assenyalat per l'apartat 2.
-4 La gestió del recàrrec correspon al Departament d'Economia i Finances, amb subjecció a les normes substantives que regulen la taxa fiscal.
-5 El Conseller d'Economia i Finances ha de dictar les disposicions necessàries per a desenvolupar el que disposa aquesta Llei i, en particular, per a establir els terminis i la forma d'ingrés del recàrrec. DISPOSICIÓ TRANSITÒRIA
Excepcionalment, l'acreditament del recàrrec corresponent a l'exercici del 1987, per a les màquines ja autoritzades en la data d'entrada en vigor d'aquesta Llei, s'ha de produir en la dita data.
Per tant, ordeno que tots els ciutadans als quals sigui d'aplicació aquesta Llei cooperin al seu compliment i que els Tribunals i les autoritats als quals pertoqui la facin complir.
Barcelona, 5 de gener de 1987
JORDI PUJOL President de la Generalitat de Catalunya
JOSEP M. CULLELL I NADAL Conseller d'Economia i Finances
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