STSJ Andalucía 47/2007, 29 de Enero de 2007

PonenteJUAN MANUEL CIVICO GARCIA
ECLIES:TSJAND:2007:2621
Número de Recurso1132/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución47/2007
Fecha de Resolución29 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NÚM. 47 DE 2.007

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Ilmo. Sr. Presidente:

D. Rafael Puya Jiménez

Ilmos. Sres. Magistrados

D. Juan Manuel Cívico García

Dª. Mª Luisa Martín Morales

______________________________________

En la ciudad de Granada, a veintinueve de enero de dos mil siete. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso para la protección de los derechos fundamentales número 1.132/06 seguido a instancia de D. Gabriel , que comparece representado por la Procuradora Dª. María angeles Calvo Sainz y dirigido por Letrado, siendo parte demandada CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PUBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, no personada en forma en autos, siendo parte codemandada D. Marcelino , que comparece representado por el Procurador D. José Luzón Durán y dirigido por Letrado. Siendo parte el MINISTERIO FISCAL. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo por los trámites del procedimiento especial de Protección de los Derechos Fundamentales de la persona, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dicte sentencia por la que tutelando la protección jurisdiccional, declare el acto recurrido (Resolución 6.2.2006 de la Consejería de Justicia y Administración Pública y Orden de 31-5-2006) contrario al ordenamiento jurídico por la vulneración de los citados derechos fundamentales, anulándolo y reconozca el derecho de mi representado a ser evaluado por la Base Tercera 3.1.b) y Base Tercera 3.3.b)-e), al menos con la puntuación inicial de 37,28 puntos y así tenga derecho a ser incluido en la lista definitiva de aprobados 118,0613 puntos para ser nombradofuncionario de carrera del Cuerpo A1100 y tomar posesión de la plaza con asignación de destino y condene a la Administración recurrida al cumplimiento de las medidas reparadoras administrativas y económicas que se concretarán en la ejecución de sentencia partiendo de los presupuestos indemnizatorios del fundamento III y a la indemnización de 6.000 euros por los perjuicios, daños y gastos ocasionados en la defensa de un derecho habido, condenando además a las costas procesales de esta instancia por temeridad manifiesta en la actuación de la Administración, con cuando más proceda en derecho.

TERCERO

De dicho escrito de demanda, se dio traslado a las demás partes para que en plazo improrrogable de ocho días formularán sus alegaciones, presentándose escrito por (Ministerio Fiscal) se estime el recurso interpuesto contra la resolución de 6 de febrero de 2006 por la que se publica la lista definitiva de Aprobados y tras declarar la vulneración del derecho del artículo 23.2 de la Constitución, le sea otorgado al recurrente por imperativo de la Base 3.1b y 3.3 "Otros Méritos" los puntos adecuados conforme a los méritos recogidos y acreditados por el mismo y en consecuencia sea incluido en la Lista Definitiva de aprobados que se publica mediante la Resolución recurrida.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de veinte días a las partes para proponer y treinta días para practicar en su caso, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó pasar los autos al Iltmo. Sr. Magistrado Ponente para dictar la resolución procedente.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Juan Manuel Cívico García.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto del presente recurso contencioso-administrativo la impugnación por D. Gabriel , vía procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona, de la resolución de 6 de febrero de 2.006 de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados y se ofertan vacantes a los aspirantes seleccionados en las pruebas selectivas, de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administrativa General (A1100), de la Junta de Andalucía.

Considera el recurrente vulnerado por la resolución impugnada su derecho de acceso a la función pública (art. 23.2 de la C.E .) en condiciones de igualdad (art. 14 de la propia norma...

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