STSJ Galicia 3815/2009, 27 de Julio de 2009

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3815/2009
EmisorTribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
Fecha27 Julio 2009

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 1736/2009 interpuesto por UNIVERSIDADE DE SANTIAGO, XESTION DO PLAN

XACOBEO-93 S.A, FUNDACIÓN EMPRESA UNIVERSIDAD GALLEGA (FEUGA) contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 2 de SANTIAGO DE COMPOSTELA siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. BEATRIZ RAMA INSUA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Susana en reclamación de DESPIDO DISCIPLINARIO siendo demandado UNIVERSIDADE DE SANTIAGO, XESTION DO PLAN XACOBEO-93 S.A, FUNDACIÓN EMPRESA UNIVERSIDAD GALLEGA (FEUGA). En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 348/2008 sentencia con fecha veintiuno de Noviembre de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"1.- Que la actora Doña Susana , viene prestando servicios ininterrumpidamente por cuenta y dependencia de la empresa SOCIEDAD ANONIMA DE XESTION DO PLAN DO XACOBEO, dedicada a la actividad de "promoción cultural" con domicilio en San Lázaro s/n . Pabellón de Galicia de Santiago de Compostela, desde el 1 de enero de 2003, desempeñando las funciones propias de la categoría de Titulada Superior, debiendo percibir un salario mensual. con prorrateo de pagas extras que asciende a la cantidad de1641,41 euros en aplicación del Convenio de Oficinas y Despachos de la Provincia de A Coruña. 2 .- Que la prestación de sus servicios la viene realizando en las dependencias del Departamento de Exposiciones y Publicaciones de la demandada S.A. do Xacobeo, sito en Santiago de Compostela, Monasterio de San Martín Pinario (Plaza de la Inmaculada). 3.- Que la formalización de la prestación de servicios se instrumentó desde su inicio, a través de las siguientes etapas: 1º.- Desde el 01-01.2003, Becaria de la demandada "FEUGA", en el Proyecto de investigación de la Universidad de Santiago de Compostela. PRODUCCION y SEGUIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES RELATIVAS AL PROYECTO XACOBEO 2004 (Fase 11). 2º.- Del 01-01-2004 al 31-12-2004, Becaria de la demandada "FEUGA": en el proyecto de la Universidad de Santiago de Compostela "PRODUCCION Y SEGUIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES XACOBEO 2004". 3º.-Desde el 01-01-2005 hasta el 02-03-2006 por indicación del FEUGA y para el cobro de su salario la actora causo alta en el Régimen especial de Trabajadores autónomos -y en el censo de actividades económicas como traductora. Siendo los conceptos que se indicaban en sus facturas y que giraba mensualmente a "FEUGA"para el cobro de sus retribuciones: "Servicios prestados al proyecto producción y seguimiento de actividades Xacobeo 2005". Las retribuciones que percibía por factura eran pagadas por la demandada S.A.Xacobeo, a través de la FEUGA, mediante cheques mensuales. 4º.- Del 03-03-2006 al 02-03-2007. Suscribió contrato de trabajo temporal, a tiempo completo para obra o servicio determinado, con FEUGA, e indicándose en el mismo como objeto: la dirección desenrolo e producción do programa expositivo Xacobeo 2006" categoría laboral de Restauradora y conservadora de BIC.- Titulada Superior. 5º. -Del 03 -03-2007 a la actualidad suscribió contrato de trabajo temporal a jornada completa con la UNIVERSIDAD DE SANTIAGO para realizar la obra o servicio determinado consistente en "traballos de restauración e conservación en relación co contrato de investigación "Convenio para dirección, desenvolvementoe Producción do Programa Expositivo 2007". 4 .Que la actora desde el inicio de su prestación de servicios, vino realizando trabajos normales y permanentes de la actividad de la SA demandada de Xestión do Plan Xacobeo, siendo a título enumerativo pero no exhaustivo los siguientes: -Inspección en su lugar de origen de las obras de arte seleccionadas para las exposiciones de la S.A do Xacobeo o pertenecientes al patrimonio de Bienes Culturales de Galicia. -Realización de informes sobre el estado de conservación. -Aporte de documentación fotográfica que atestigüe la descripción del estado de las piezas. -Elaboración de propuestas de tratamiento de conservación y restauración para las obras que lo requieran. -Tramitación con la Dirección Xeral del Patrimonio de la Xunta de Galicia de las licencias necesarias para llevar a cabo las intervenciones de conservación de las obras y aporte de la documentación final que acredita la realización de los trabajos según los criterios establecidos por el Instituto del Restauro. - Realización de las labores de conservación y restauración de las obras que lo requieran. -Búsqueda y selección de empresas externas para la realización de tos trabajos de restauración que no pueden acometerse en el taller de restauración del Xacobeo. Realización de memorias. -Supervisión del acondicionamiento de las salas de exposición. -Supervisión del montaje y desmontaje de las exposiciones así como del embalaje y desembalaje de las obras de arte -Atención a los "correos" o personal responsable de las entidades prestatarias de obras de arte durante los montajes y desmontajes de exposiciones. -Realización de actas tanto al inicio, como, a la clausura de las exposiciones, en las que se describe el estado de conservación de las obras cedidas. - Mediciones de las condiciones termohidrométricas de las salas de exposición y realización de gráficos semanales. Colaboración en la coordinación de exposiciones: petición de salas, de obras, de transporte...Etc. -Realización de labores administrativas: propuesta de gasto, informes de factura, etc... 5.- Las tareas descritas son normales y permanentes del departamento de exposiciones de la S.A. de Xestión do Xacobeo. 6.- Que las instrucciones y directrices necesarias para realizar su trabajo emanan del Jefe del Área de Exposiciones del Xacobeo. Dependiendo del Director Gerente da la S.A.Xestión do Xacobeo. 7.-Todo el material necesario para sus tareas, tal como: material de oficina, equipos informáticos, cuentas de correo electrónico, fax, cámara digital ... etc , le fue y le es proporcionado por la demandada S.A. de Xestión do Xacobeo, así como el teléfono móvil, cámara de fotos cámara de video. 8 .- En los casos en que las exposiciones tuvieran lugar fuera de Santiago, o que tuviera que realizar la actora desplazamientos por razón del trabajo, la codemandada SA do Xacobeo habilitaba un coche de su propiedad para estos desplazamientos. En el caso de exposiciones itinerantes y debido a la lejanía de las sedes expositivas, los viajes se realizaron en avión, siendo contratados directamente por el departamento de Publicaciones a la agencia de viajes, que después facturaba al Xacobeo, así como en su caso los alojamientos. 9.-Que el horario de trabajo del actor es el mismo que el del resto del personal del departamento de exposiciones en el que está destinada desde los inícios de su relación laboral, con jornada intensiva de 8,30 a 15 horas de lunes a viernes, trabajando un día a la semana en horario de 8,30 a 14,30 y de 16,30 a 19 horas. 10.- Que el periodo vacacional así mismo, es tomado junto con el resto del personal de la S.A. de Xestión do Xacobeo. 11.- Que en cuanto a sus retribuciones salariales, las ha venido percibiendo en función de la formalización del vinculo existente en cada momento, cuando era becaria percibía su pago establecido mediante cheque. Posteriormente durante el periodo de Asistencia Técnica o sin contrato, debía de girar mensualmente facturas para su cobro en la cuantía y concepto que se le Indicaba por la dirección de la S,A. de Xestión do Xacobeo y a la entidad que esta le ordenase .Finalmente ya en el último periodo, el cobro del salario se realizaba mediante nóminas expedidas por la empresa, con la que hubiera suscrito elcorrespondiente contrato de trabajo. 12.-Que el objeto social de la codemandada S.A. do Xacobeo para la que la actora vino prestando sus servicios, se establece en el arº.3 de sus Estatutos Sociales, abarcando el mismo: "0 deseño programación, coordinación e, no seu caso, a realización entre outros, das seguintes atividades relacionadas co Xacobeo, que se executaran, no seu caso en coordinación coas Administracions Públicas competentes: a conservación, rehabilitación e recuperación do Camiño; a colocación de sinais de protección que, para a súa aprobación, serán elevados as Administracions competentes; a construcción de áreas de descanso nos puntos de interese paixiasistico e monumental; a dotación de Museos das Peregrinacions; simposios, congresos, xornadas e ciclos; representacions teatrais; concertos musicais; exposicións de artes plásticas; a elaboraion de unidades didácticas; a promoción da artesanía e do diseño relacionado co Camiño de Santiago; competicions deportivas de calidade; Centro Servidor de Datos de Galicia; rede de albergues; a rehabilitación da "Casa do Deán"; as actuacións no "Monte do Gozo"; os convenios de os Concellos e institucions relixiosas ; a promoción dosaloxamentos relacionados co Camiño; paisaxe urbana (fachadas, edificios, fiestras, teitos, balcons, prazas, rúas, beirarruas - e similares); a promoción do Xacobeo incluidas actividades de animación ; a producción cinematográfica e audiovisual, patrocineos e a xestión dos signos visuais" 13 .-Que la actora ,junto con otros compañeros en igual situación que consideran irregular, acordaron conjuntamente el inicio de actuaciones tendentes a la regularización de su situación laboral, comenzando con una petición formal y escrita en la que solicitaban de la Dirección de la S.A. de Xestion do Xacobeo la regularización de su situación laboral y su integración en la plantilla de la empresa, siendo presentada en el registro de la...

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