SAP Jaén 131/2009, 25 de Mayo de 2009

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2009:661
Número de Recurso161/2009
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución131/2009
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 131

ILTMAS. SRAS.

PRESIDENTA

Dª. Elena Arias Salgado Robsy

MAGISTRADAS

Dª. María Esperanza Pérez Espino.

Dª. María Jesús Jurado Cabrera.

En la ciudad de Jaén, a veinticinco de Mayo de dos mil nueve

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad seguidos en primera instancia con el nº 246 del año 2.008, por el Juzgado de Primera Instancia y de lo Mercantil nº 4 de Jaén, rollo de apelación de esta Audiencia nº 161 del año 2.009, a instancia de Sociedad General de Autores y Editores (S.G.A.E), representado en la instancia por la Procuradora Sra. Marín Hortelano y defendido por el Letrado Sr. López-Cantal Sánchez, contra DIVERTOXI S.L., representado en la instancia por la Procuradora Sra. Santa-Olalla y defendido por el Letrado Sra. Luque Moreno.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia y de lo Mercantil nº 4 de Jaén, con fecha 9 de diciembre de 2.008.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: " Que estimando la demanda presentada en representación de la SGAE contra Divertoxi S.L. debo condenar y condeno a ésta a abonar al actor la cantidad de 1155'50 euros, más los intereses procesales; todo ello con expresa condena en costas a la demandada".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la parte demandada, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia y de lo Mercantil nº 4 de Jaén, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso, solicitando la revocación de la sentencia recurrida y se dicte otra conforme a sus pretensiones.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por la parte actora, solicitando la confirmación de la sentencia, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña María Jesús Jurado Cabrera.

ACEPTANDO los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Contra la sentencia dictada en la instancia por la cual se estima íntegramente la demanda formulada por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), contra Divertoxi S.L., condenándole al pago de la cantidad de 1.155,50 euros, más lo intereses procesales y la imposición de las costas procesales, se alza la referida entidad demanda, alegando como motivo de impugnación, no estar conforme con la tesis que mantiene la sentencia sobre los límites del derecho de defensa en el juicio verbal posterior a un Monitorio por entender que no existe ninguna norma que indique claramente la forma en que debe realizarse la oposición, por lo que considera que la sentencia está en contra del contenido de los arts. 216 y 218 de la L.E.C ., al no aplicarlos, en cuanto que por el recurrente se alegó la no validez y vigencia del contrato en que se fundamenta la demanda y por la actora no se practicó...

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