SAP Barcelona 497/2008, 24 de Octubre de 2008

PonenteENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO
ECLIES:APB:2008:8427
Número de Recurso524/2007
Número de Resolución497/2008
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 524/07

Procedente del procedimiento nº 416/06

Tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 de Barcelona

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA, DON ANTONIO RECIO CORDOVA y DON ENRIC ALAVEDRA FARRANDO, actuando la primera

de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el recurso de apelación nº 524/07 interpuesto contra la sentencia dictada el día

24 de abril de 2007 en el procedimiento nº 416/06 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 de Barcelona en el que

es recurrente DÑA. Mónica , y previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de España la

siguiente

SENTENCIA

Barcelona, 24 de octubre de 2008

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: DESESTIMO la pretensió de la Sra. Mónica d'alliberament de la càrrega de la inscripció 3a de la finca de l'avinguda DIRECCION000 núm. NUM000 , entresol NUM001 , de Barcelona (inscrita al Registre de la Propietat núm. NUM002 de Barcelona, tom NUM003 de l'arxiu, llibre NUM004 , foli NUM005 , finca registral NUM006 ), consistent en una condició resolutòria a favor de Plus Renta, SA, Sociedad Comanditaria por Acciones; i imposo a la instant les costes de l'expedient.

SEGUNDO

Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el Magistrado Ponente DON ENRIC ALAVEDRA FARRANDO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora interpone el presente recurso de apelación insistiendo en su solicitud de cancelación de la condición resolutoria que grava la finca de su propiedad.

SEGUNDO

La posibilidad, recogida en el art. 11 de la LH , de dar a la falta de pago el carácter de condición resolutoria explícita se denomina "pacto de la Ley comisoria". La figura se recoge específicamente para la transmisión de inmuebles en el art. 1.504 del CC . Asimismo, ese pacto es objeto de una detallada regulación en las Leyes 483 y siguientes de la Compilación Navarra de 1 de Marzo de 1.973. Y, en el ámbito registral, en el art. 11 de la Ley Hipotecaria desarrollado en los artículos 58 y 59 de su Reglamento .

En el caso de que el precio aplazado esté representado por letras de cambio, es frecuente el pacto de considerar documento acreditativo del pago, el acta notarial de hallarse el adquirente en posesión de los correspondientes títulos. Sin embargo, la resolución de la DGRN de 30 de Mayo de 1.980 fue aún más allá,...

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