STSJ Galicia 189/2009, 28 de Enero de 2009

PonenteFERNANDO CABEZAS LEFLER
ECLIES:TSJGAL:2009:2498
Número de Recurso2458/2008
Número de Resolución189/2009
Fecha de Resolución28 de Enero de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 2458/2008 interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 3 de OURENSE siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. FERNANDO CABEZAS LEFFLER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Martina en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE siendo demandados el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 13/2008 sentencia con fecha veinticuatro de Marzo de dos mil ocho por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- La parte demandante Da Martina , nacida el 25-10-53 afiliada a la Seguridad Social con el n° NUM000 , y profesión habitual de Recepcionista-Cocinera en un restaurante de su propiedad. Base reguladora 602'56 €./ SEGUNDO.- En fecha 1 de septiembre de 2003 fue declarada en situación de incapacidad permanente total por las lesiones que se describen en el hecho segundo de la demanda y quese dan aquí íntegramente por reproducidas al constar acreditadas documentalmente./ Solicitada la revisión de grado, fue denegada el 3-9-07. Interpuesta reclamación previa fue desestimada el 18- 12-07./ TERCERO.- La demandante presenta en la actualidad, a mayores de las ya recogidas en la sentencia de fecha 1-9-03 las siguientes lesiones: SÍNDROME DE FRONTALIZACIÓN POST HEMATOMA SUBDURAL: TRASTORNO ORGÁNICO DE LA PERSONALIDAD. DETERIORO COGNITIVO LEVE MODERADO. DEPENDENCIA CRÓNICA DEL ALCOHOL EN ABSTINENCIA. HEPATOPATÍA ALCOHÓLICA".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando la demanda presentada por Da Martina contra el INSS y TGSS, debo declarar y declaro que la actora reúne los requisitos establecidos legalmente para acceder a una pensión de incapacidad permanente ABSOLUTA y en consecuencia debo condenar y condeno a las demandadas a estar y pasar por tal declaración y a que abonen a la demandante una pensión vitalicia mensual en la cuantía del 100% de la base reguladora de 602,56 €, con efectos económicos desde el 9-8-07, Y aplicación de las mejoras y revalorizaciones posteriores que se produzcan".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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