ATS, 14 de Julio de 2009

PonenteJOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL
ECLIES:TS:2009:10503A
Número de Recurso1/2009
Fecha de Resolución14 de Julio de 2009
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a catorce de Julio de dos mil nueve

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO- En fecha de 26 de diciembre de 2.008, se presentó escrito ante esta Sala por la Letrado Doña Silvia Colom Junyent, sin representación procesal acreditada, poniendo en conocimiento su designación como abogada de oficio de la Sra. Eulalia , y solicitando la suspensión del plazo de caducidad para interponer demanda de revisión por parte de su representada, demanda sobre la que la Letrado había presentado el 18 de diciembre de 2.008 informe de insostenibilidad de la pretensión.

Mediante diligencia de ordenación de 16 de enero de 2.009, se puso en conocimiento del Colegio de Abogados de Madrid este escrito a efectos de solicitud de Asistencia Jurídica Gratuita de la Sra. Eulalia , solicitud que fue archivada con fecha 12 de mayo de 2.009. Con fecha de 1 de junio de 2.009, mediante diligencia de ordenación se acordó requerir a la parte para designación de Abogado y Procurador de oficio, requerimiento que resultó negativo al constar como domicilio de la Sra. Eulalia el Departamento de Asuntos Sociales donde no aceptan la notificación.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Jose Ramon Ferrandiz Gabriel.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- A la vista de las actuaciones que han dado lugar al presente procedimiento iniciado por la comunicación de la Letrado de la Sra. Eulalia , sobre la insostenibilidad de la pretensión de la demanda de revisión que la parte representada pretendía interponer, solicitando la suspensión del plazo de caducidad y realizadas gestiones por este Tribunal tanto para la designación de representación de oficio, que resultó archivada, como para la localización de la Sra. Eulalia , para la interposición de la demanda de revisión sin que haya sido posible su localización, procede el archivo de las presentes actuaciones.

LA SALA ACUERDA

El ARCHIVO de los presentes Autos de revisión de Sentencia firme.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que como Secretario, certifico.

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