SAP Sevilla 534/2008, 18 de Noviembre de 2008

PonenteJUAN MARQUEZ ROMERO
ECLIES:APSE:2008:3720
Número de Recurso4286/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución534/2008
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION QUINTA

SENTENCIA

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

DON JUAN MÁRQUEZ ROMERO

DON JOSÉ HERRERA TAGUA

DON CONRADO GALLARDO CORREA

REFERENCIA

JUZGADO DE PROCEDENCIA 1ª. Instancia 21 de Sevilla

ROLLO DE APELACION 4286/08-S

AUTOS Nº 691/07

En Sevilla, a 18 de noviembre de dos mil ocho.

VISTOS por la Sección Quinta de esta Iltma Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 691/07, procedentes del Juzgado de Primera Instancia 21 de Sevilla, promovidos por Dª. Consuelo, D. Antonio y

D. Iván representados por el Procurador D. Ignacio Pérez de los Santos, contra Viajes El Corte Inglés S.A., representados por el Procurador D. Antonio González Falcó; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Antonio González Falcó, en nombre y representación de Viajes El Corte Inglés S.A., contra la Sentencia en los mismos dictada con fecha 11 de febrero de 2008.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "FALLO: Se estima parcialmente la demanda presentada por la representación de Dª. Consuelo, D. Antonio y D. Iván

, y se condena a Viajes El Corte Inglés S.A., a que indemnice a la primera actora en la cantidad de 1.785,50 euros y a los otros dos demandantes a 1.000 euros cada uno, más los intereses legales que correspondan desde la interposición de la demanda. No se hace expresa condena en costas causadas en esta instancia."

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por la parte demandada, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de interposición de la apelación y de oposición a la misma, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Acordada por la Sala la deliberación y fallo de este recurso, la misma tuvo lugar el día 3 de noviembre de 2008, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don JUAN MÁRQUEZ ROMERO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada en la primera instancia de este pleito vino a dar la razón a los demandantes, Doña Consuelo y sus hijos Don Antonio y Don Iván, en que las prestaciones que, en su día, convinieron con la demandada, Viajes El Corte Inglés, S.A., para la realización de un viaje combinado a Egipto, que incluía un crucero de cuatro días por el Nilo, en pensión completa, y la estancia de tres días en un hotel de lujo en El Cairo, con alojamiento y desayuno, no fueron las mismas que, luego, les fueron suministradas, en lo relativo al crucero por el Nilo, pues, habiendo contratado que lo harían en la motonave fluvial Amarco, por exceso de plazas en este, tuvieron que hacerlo en otra motonave distinta cuyas condiciones eran muy inferiores, reconociendo a los actores la suma de 785,50 euros, por la diferencia de precio que determinaba la utilización de una u otra embarcación, así como una indemnización por daños morales de 1.000 euros a cada uno de los actores.

Consentida...

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