SAP A Coruña 530/2006, 12 de Diciembre de 2006

PonenteANTONIO MIGUEL FERNANDEZ-MONTELLS FERNANDEZ
ECLIES:APC:2006:2551
Número de Recurso568/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución530/2006
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

SENTENCIA

Nº 530/06

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ

En LA CORUÑA/A CORUÑA, a doce de Diciembre de dos mil seis.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio ORDINARIO Nº 867/02, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 8 DE A CORUÑA, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELANTE EMGATRANSA, S.L., representada en primera y segunda instancia por el procurador Sr. Castro Bugallo y con la dirección del letrado Sr. Poroscia Penadoy y de otra como DEMANDADOS Y APELADOS DON Juan María Y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTICA, representados en primera y segunda instancia por la procuradora Sra. Gonzáles Pereira y con la dirección del Letrado Sr. González Pereira; versando los autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 8 DE A CORUÑA, con fecha 12-9-03 . Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: "Que debo estimar y estimo parcialmente la demandapresentada por EMPRESA GALLEGA DE TRANSPORTE SANITARIO, S.L., contra DON Juan María y contra COMPAÑÍA DE SEGUROS MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTICA y debo condenar y condeno a los demandados a abonar a la actora la cantidad de 34.333,18 euros en concepto de gastos de reparación, debiendo además la aseguradora hacer frente al abono del interés del art. 20 de la LCS a computar desde el 3 de agosto de 2.002 y todo ello debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra la referida resolución por el demandante, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.

TERCERO

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNANDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de A Coruña, que estimó parcialmente la demanda, en la que se ejercita acción de responsabilidad extracontractual derivada del accidente de circulación acaecido el día 3 de agosto de 2002, interpone recurso de apelación por la representación de la parte demandante en reclamación de perjuicios por el concepto de alquiler de otro vehículo, destinado a ambulancia asistencial del servicio de urgencias 061, que se vio necesitado contratar el actor por necesitarlo para cubrir dicho servicio, por estar la suya en reparación, debido a los desperfectos sufridos en el accidente referido, que cuantifica la suma reclamada en

30.646,98 euros.

SEGUNDO

El Juzgador "a quo" para tomar su decisión desestimatoria del concepto reclamado por alquiler de otra ambulancia, que se introduce en la audiencia previa del juicio, en demanda se reclama la misma cantidad pero por el concepto de paralización del vehículo durante el tiempo necesario para su reparación, se basa en la insuficiente prueba practicada conducente a acreditar la realidad del arriendo de otra ambulancia, cuando en demanda nada se refiere y es evidente que en ese momento, según la factura aportada, ya se tenia que haber concertado su arrendamiento. Y efectivamente de la prueba practicada no podemos estimar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP A Coruña 38/2009, 4 de Febrero de 2009
    • España
    • 4 Febrero 2009
    ...las respuestas de la demandada Dña. Rosalia ; por otro, las respuestas del testigo D. Pio y, tampoco, la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña de 12 de diciembre de 2006 . Sobre dichos aspectos, en la sentencia impugnada se formulan las siguientes consideraciones: a) "tras la val......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR