SAP Madrid 80/2009, 9 de Marzo de 2009

PonenteMARIA DEL CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLE
ECLIES:APM:2009:3107
Número de Recurso434/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución80/2009
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 8ª

SENTENCIA: 00080/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección 8

1280A

FERRAZ, 41

N.I.G. 28000 1 7006513 /2004

RECURSO DE APELACION 434 /2004

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 1126 /2003

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de MOSTOLES

De: Obdulio

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Contra : Herederas de D. Jose Carlos , Dª Ramona y Dª Amanda

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Ponente: ILMA. SRA. Dª.CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ

SENTENCIA Nº 80

Magistrados:

ILMO. SR. D.ANTONIO GARCÍA PAREDES

ILMA. SRA. Dª.CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ

ILMA. SRA. Dª.MARGARITA VEGA DE LA HUERGA

En Madrid a nueve de marzo de dos mil nueve. La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistradosexpresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio verbal, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción núm.2 de Móstoles, seguidos entre partes, de una como demandante-apelante D. Obdulio , y de otra, como demandados-apelados las herederas de D. Jose Carlos , Dª. Ramona y Dª Amanda todos ellos sin representación procesal.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. CARMEN GARCÍA DE LEÁNIZ CAVALLÉ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Móstoles, en fecha 25 de febrero de 2004 , se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. ÁLVAREZ GÓMEZ en nombre y representación de Obdulio contra Jose Carlos , representado en autos por el Procurador Sr. GÓMEZ GARCÍA debo absolver y absuelvo a Jose Carlos de todos sus pedimentos, con expresa condena en costas de la parte actora.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante

D. Obdulio , que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 6 de marzo de 2009.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada el 25 de febrero de 2004 por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Móstoles , se interpone recurso de apelación por la representación procesal del demandante solicitando la revocación y nueva resolución en la que se acoja su pretensión.

SEGUNDO

Conforme a lo actuado, el ahora recurrente interpuso petición de monitorio en reclamación de la cantidad de 2.597,87 euros derivada del impago de cambiales libradas por el demandado y que resultaron impagadas; según se manifestaba en la petición de monitorio, tales documentos se libraron como consecuencia de las relaciones comerciales existentes entre los litigantes derivadas del arrendamiento de una nave sita en el polígono industrial de Humanes. El demandado en la primera instancia se opuso a la petición de monitorio negando que las letras tuvieran su causa en el arrendamiento de la nave, sino que su origen se encontraba en negocio jurídico distinto cual era la venta de una vivienda propiedad del demandado.

La sentencia recurrida, no obstante...

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