SAP Almería 66/2009, 28 de Abril de 2009

PonenteTARSILA MARTINEZ RUIZ
ECLIES:APAL:2009:254
Número de Recurso232/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución66/2009
Fecha de Resolución28 de Abril de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

SENTENCIA NUMERO 66/09

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ

MAGISTRADOS:

D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD

D. ÁNGEL VILLANUEVA CALLEJA

En la Ciudad de Almería, a 28 de abril de 2009.

La Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación, Rollo número 232/08, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería, seguidos con el número 1444/07, sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, entre partes, de una, como DEMANDANTE, Dª. Frida y D. Luis , y de otra, como DEMANDADA, "Viajes Avalón, S.L.", representada la primera por la Procuradora Dª. Isabel Valverde Cruz y dirigida por la Letrada Dª. Elena Cano Velazquez, y la segunda representada por la Procuradora Dª. Natalia Ruiz-Coello Moratalla y dirigida por el Letrado D. José María Cubero Ramírez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por la Ilma. Sra. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería, en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 15 de enero de 2008 , estimando íntegramente la demanda, condenando a la demandada a abonar a los actores la suma de 812,40 euros (406,20 euros a cada uno), más los intereses legales del art. 1.108 del CC y art. 576 de la LEC , con imposición de costas a la citada demandada.

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la referida demandada "Viajes Avalón, S.L." se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia absolviéndola de los pedimentos frente a ella dirigidos, por las razones expuestas en dicho escrito.

CUARTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte demandante y apelada, quien solicitó la confirmación de la mencionada resolución.

QUINTO

A continuación, se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde, formado y registrado el correspondiente Rollo, se turnó de ponencia y, no habiéndose solicitado prueba en esta segunda instancia, ni habiéndose estimado necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el pasado 14 de abril de 2009.

SEXTO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se reclama por los actores el importe de dos billetes de avión, de ida y vuelta cada uno -Madrid, Buenos Aires, Madrid- que adquirieron en la agencia demandada; viajes que no pudieron efectuar con tales billetes, pues la compañía aérea con la que debían realizar esos vuelos, finalmente no pudo cubrirlos.

La parte demandada se ha opuesto a esta pretensión sosteniendo, esencialmente, que no tiene ninguna responsabilidad frente a los demandantes, al tratarse de una simple intermediaria entre estos y la compañía aérea.

La sentencia de primera instancia acoge de modo íntegro la demanda, frente a lo cual la entidad demandada se alza mediante el recurso de apelación que ahora examinamos, insistiendo en su ausencia de responsabilidad y en su función sólo de intermediaria o mediadora, en orden a la cual no...

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