SAP Asturias 185/2005, 16 de Mayo de 2005

JurisdicciónEspaña
Número de resolución185/2005
EmisorAudiencia Provincial de Asturias, seccion 6 (civil)
Fecha16 Mayo 2005

SENTENCIA Nº 180

En el Rollo de apelación núm. 162/05, dimanante de los autos de juicio civil ordinario, que con el número 640/05 se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Oviedo , siendo apelante CONSTRUCTORA COVADONGA S.A., representada por el Procurador SR. LOPEZ GONZALEZ y asistido por el Letrado SR. GARCIA VALLAURE; y como parte apelada Dª Rosario , representada por el Procurador/a SR. TORRE LORCA; ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don José Manuel Barral Díaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm.6 de los de Oviedo dictó sentencia en fecha 20-1-05 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:" Que estimando la demanda promovida por Dª Rosario , contra CONSTRUCTORA COVADONGA, S.A., sobre retracto legal de comuneros,

  1. - Se declara el derecho de la actora a retraer las participaciones dominicales de la finca a la que se refiere la demanda, adquiridas por la demandada a estar y pasar por esta declaración, y a que, dentro del término que al efecto se señale en ejecución de Sentencia, otorgue a favor de la demandante la correspondiente escritura pública de venta de las participaciones dominicales de la finca retraída transmitiéndole el dominio de dichas participaciones en las mismas condiciones en que fueron adquiridas, con apercibimiento de ser otorgada por el Juzgado si no lo hiciere.

  2. - Sin expresa imposición de costas, debiendo satisfacer cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del cual se dio el preceptivo traslado a las demás partes conforme a lo dispuesto en el artículo 461 de la vigente Ley , que lo evacuaron en plazo con oposición al mismo . Remitiéndose posteriormente los autos a esta Sección, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 12 de mayo de 2005.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia declara haber lugar al retracto de comuneros ejercitado por la actora con motivo de la venta de las participaciones dominicales sobre la finca a la que se refiere la demanda, al considerar probado que la citada actora no tuvo conocimiento cabal de dicha venta hasta el día 10 de septiembre de 2004, cuando tuvo a su disposición una copia de la escritura pública firmada el 23 de agosto anterior, que aún no tuvo acceso al Registro de la Propiedad. La firma del contrato privado, posteriormente elevado a público en la indicada fecha, tuvo lugar el día 6 del citado mes de agosto.

SEGUNDO

El centro de gravedad del presente...

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