SAP Asturias 448/2005, 22 de Diciembre de 2005

JurisdicciónEspaña
Número de resolución448/2005
Fecha22 Diciembre 2005

SENTENCIA: 00448/2005

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000451 /2005

NÚMERO 448

En OVIEDO, a veintidós de diciembre de dos mil cinco, la Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia

Provincial de Oviedo, compuesta por Don Ramón Avello Zapatero, Presidente, Don Francisco Tuero Aller y Doña Nuria Zamora Pérez, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 451/05, en autos de TERCERÍA DE MEJOR DERECHO 1357/04, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número uno de Oviedo , promovido por la AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA, demandada en primera instancia, contra la entidad "CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS", demandante en primera instancia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. MAGISTRADO D. Francisco Tuero Aller.-I. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número uno de Oviedo dictó Sentencia con fecha 1 de junio de 2005 cuyo fallo tiene el tenor literal que a continuación se transcribe: "Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Cervero Junquera en representación de Caja de Ahorros de Asturias contra la Administración General del Estado (Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Delegación de Gijón, Dependencia Regional de Recaudación) respecto del saldo que a la fecha del embargo administrativo presentaba la imposición a plazo nº 097 260018081 abierta en Caja de Ahorros de Asturias a que su crédito sea satisfecho con cargo a dicha imposición a plazo con preferencia al crédito de la Administración General del Estado, con imposición a la parte demandada de costas del proceso."

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día 13 de diciembre de 2005.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La principal causa de oposición planteada por la Agencia Estatal de la AdministraciónTributaria frente a la tercería de mejor derecho interpuesta por la Caja de Ahorros de Asturias, consiste en invocar la prohibición de segunda o ulterior tercería. Alega, en síntesis, que la misma demandante y con fundamento en el mismo título promovió anteriormente una tercería de dominio que resultó desestimada, lo que le inhabilita para formular la presente acción de acuerdo con lo establecido en los artículos 597 y 614 de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Al interponer el presente recurso frente a la sentencia de instancia, que acogió la tercería de mejor derecho, insiste nuevamente en...

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