SAP Baleares 618/2002, 7 de Noviembre de 2002

PonenteMARIA ROSA RIGO ROSELLO
ECLIES:APIB:2002:2886
Número de Recurso473/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución618/2002
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª

SENTENCIA N° 618

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON CARLOS GOMEZ MARTINEZ

MAGISTRADOS:

DOÑA MARIA ROSA RIGO ROSSELLó

DON GUILLERMO ROSSELLÓ LLANERAS

En PALMA DE MALLORCA, a Siete de Noviembre de dos mil dos.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de Menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Nueve de Palma, bajo el número 801/2000, Rollo de Sala numero 473/2002, entre partes, de una como demandado apelante Don Cosme , representado en esta alzada por el Procurador Sr. Juan Reinoso y defendido por el letrado D. Ricardo Soria de otra, como actora apelada Distribuidora Internacional de Alimentación, SA (DIASA),representada en esta alzada por la Procuradora Sra. Concepción Alemany y el letrado Sr. Juan Socias.

ES PONENTE LA MAGISTRADA ILMA. SRA. DOÑA MARIA ROSA RIGO ROSSELLó.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Nueve de Palma, se dictó sentencia en fecha 24 de Enero de 2002, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACION SA, contra D. Cosme , DEBO CONDENAR Y CONDENO a éste a abonar a aquélla entidad la suma adeudada de DOS MILLONES QUINIENTAS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTAS CINCUENTA Y DOS PESETAS= QUINCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO EUROS CON ONCE CENTIMOS (2.588.652 pts=15.558,11E), más los intereses legales de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda y costas causadas"

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte demandado, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite y seguido el recurso por sus trámites por ésta Sala se acordó para votación y fallo el día 6 de Noviembre de 2002.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS Se aceptan los de la resolución de instancia.

PRIMERO

Distribuidora Internacional de Alimentación SA interpuso la demanda de juicio declarativo de menor cuantía, origen de los autos de que deriva el presente rollo, contra D. Cosme , en solicitud de que se dicte sentencia por la que se condene al expresado demandado al pago de la cantidad de 2.588.652 pestas.

Funda la parte actora su reclamación en los siguientes antecedentes:

A Distribuidora Internacional de Alimentación SA suscribió en fecha 26 de febrero de 1999 contrato de franquicia con la entidad mercantil Calviá Supermarkets Diskount SL para la explotación por ésta última de un establecimiento DIA% en la localidad de Santa Ponsa(Calviá), en cuyo nombre y representación actuó el demandado Sr. Cosme , apoderado y administrador de hecho de la sociedad.

B Como quiera que la sociedad Calviá Supermarkets Diskount SL no podía atender los pagos solicitó su refinanciación, acordándose por las partes diferir el pago del importe adeudado mediante el libramiento en fecha 30 de julio de 1999 de doce letras de cambio por importe de 215.751 pesetas cada una de ellas, y con vencimientos sucesivos mensuales desde el 10 de septiembre de 1999 hasta el 10 de agosto de 2000.

C D. Cosme constituyó fianza frente a la demandante para responder personalmente en caso de impago de las referidas cambiales.

D Llegados los vencimientos de las letras de cambio, resultaron impagadas, por lo que la entidad actora dirige su demanda frente al fiador, para resarcirse del importe de su crédito.

D. Cosme se personó en autos y se opuso a la demandada, alegando que la deuda se halla totalmente extinguida, por cuanto la actora es deudora de una suma muy superior respecto de la entidad Calviá Supermarket Diskount, toda vez que la entidad actora incurrió en...

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