SAP Albacete 225/1999, 4 de Noviembre de 1999

PonenteEDUARDO SALINAS VERDEGUER
Número de Recurso104/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución225/1999
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Albacete

SENTENCIA Nº 225

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Presidente:

Ilmo. Sr. D. Eduardo Salinas Verdeguer

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Francisco Espinosa Serrano

Ilmo. Sr. D. José García Bleda

En Albacete, a cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Albacete en grado de apelación, los presentes autos número 321-98, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia número 6 de los de Albacete a instancia de doña Laura, representada por el Procurador don Abelardo López Ruiz y asistida por el Abogado don Rufino Alarcón Sánchez, contra don Romeo, representado por el Procurador don Martín Giménez Belmonte y asistido por el Abogado don Aníbal Alfaro García, siendo parte el Fiscal representado en el acto de la vista de la apelación por el Ilmo. Sr. D. Juan Pedro Guillén Oquendo; cuyos autos han venido a esta Sala en virtud de recuso de apelación, interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de la Ilma. Sra. Juez de 1ª instancia número 6 de los de Albacete de doce de febrero de mil novecientos noventa y nueve .

ANTECEDENTES DE HECHO

Aceptando en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada y

PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Juez de 1ª Instancia número 6 de los de Albacete en los autos número 321 de 1998, se dictó la sentencia de doce de febrero de mil novecientos noventa y nueve, cuya parte dispositiva dice así: "Fallo: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Abelardo López Ruiz, en nombre y representación de Dña. Laura contra el demandado Don Romeo, representado en los presentes autos por el Procurador de los Tribunales D. Martín Giménez Belmonte, siendo parte el Ministerio Fiscal, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensionesejercitadas contra él, todo ello con expresa condena a la parte demandante respecto al pago de las costas causadas en el presente procedimiento".

SEGUNDO

Contra la sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, con iguales defensa y representación. Admitida la apelación en ambos efectos fueron elevados los autos originales a esta Audiencia Provincial para su resolución, previo emplazamiento de las partes, compareciendo estas por medio de sus respectivos procuradores antes indicados y, tramitada esta segunda instancia, se ha celebrado la vista pública del recurso en el día señalado al efecto, quince de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en cuyo acto comparecieron las partes demandante y demandada, informando sus letrados directores en apoyo de sus pretensiones.

TERCERO

En la sustanciación de los presentes autos, en ambas instancias, se han observado las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don Eduardo Salinas Verdeguer.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la sentencia recurrida se desestima la pretensión de una funcionaria municipal, la recurrente doña Laura, contra don Romeo que fue teniente de alcalde del mismo municipio, imputándole el quebrantamiento de su derecho al honor y la dignidad, pidiendo que los perjuicios causados se reparen a través de la difusión de la sentencia a costa del demandado en la prensa escrita, radio y televisión local, ordenando al demandado que no realice otras intromisiones y condenándole a abonar una indemnización de 5 millones de pesetas.

SEGUNDO

En la sentencia se desestimaron las excepciones opuestas por la parte demandada que no ha recurrido la sentencia, por lo que quedan firmes al no ser discutidos los razonamientos de desestimación de excepciones.

TERCERO

El primer punto de discrepancia de la parte recurrente con la sentencia es que en esta se distingue entre el honor de una persona y su prestigio profesional, por lo que, aun reconociendo que en ocasiones el honor incluye...

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