SAP A Coruña, 26 de Julio de 2000

PonenteMARIA DEL CARMEN MOSQUERA RODRIGUEZ
ECLIES:APC:2000:2960
Número de Recurso578/2000
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución26 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

SENTENCIA

En A CORUÑA, a veintiseis de Julio de dos mil.

En el Recurso de Apelación n° 578/00 interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Ferrol en el Juicio Oral n° 19/00 figurando como Apelante Luz representado en primera instancia por el Procurador Sr. PEDREIRA ESPINEIRA y defendido por el letrado Sr. GRUEIRO GALEGO y como Apelado EL MINISTERIO FISCAL.

SIENDO PONENTE EL ILTMO. SR. DOÑA MARIA DEL CARMEN MOSQUERA RODRIGUEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de LO PENAL DE FERROL con fecha 30/3/00 se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que debo condenar y condeno a la acusada Luz , como autora criminalmente responsable de un delito de tenencia de armas de fuego ya expresado, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y abono de costas procesales, con comiso del arma y munición intervenida, a los que se dará el destino legalmente previsto .

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes se interpuso contra la misma Recurso de Apelación por Luz que les fue admitido en ambos efectos, y previa la tramitación legalmente establecida, se acordó pasar las actuaciones a este Tribunal, siendo repartidas a esta Sección.

TERCERO

Por providencia de 07-07-00 se alzó la suspensión que venia acordada y se señaló para votación y Fallo del presente recurso el día 26-07-00.HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la sentencia apelada que son del tenor literal siguiente:

"Resulta probado que sobre las 17 horas del día 28 de Enero de 1999, la acusada Luz , mayor de edad y sin antecedentes penales, procedió a ocultar en un agujero cavado en el suelo en el campamento de Freixeiro sito en Narón, la pistola semiautomática marca Mauser, modelo 1910 de 6,35 mm de calibre y número de identificación NUM000 , así como una caja de munición con diecinueve cartuchos del calibre 6,35 por 15 mm de la marca C:B.C., todo ello en perfecto estado de funcionamiento, sin disponer de las correspondientes licencia y guía de pertenencia.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

SE ACEPTAN los de la resolución recurrida y,

PRIMERO

Se alza contra la sentencia de primera instancia quien resultó condenada en ella como autora de un delito de tenencia ilícita de armas de fuego, alegando como motivos del recurso infracción de los principios constitucionales de presunción de inocencia y de proporcionalidad así como infracción...

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