SAP Madrid, 7 de Febrero de 2002

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
Número de Recurso25/2001
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a siete de Febrero de dos mil dos.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre resolución de contrato, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado DON Víctor representado por si y de otra, como apelado demandante DON Fidel representado por la Procuradora Sra. Sordo Gutiérrez y como demandados Don Darío y Doña Aurora , seguidos por el trámite de juicio de cognición.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Lorenzo Pérez San Francisco .

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 12 de Madrid, en fecha 7 de septiembre de 2000, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales dña. Beatriz Sordo Gutiérrez, en representación de

d. Fidel , contra d. Víctor , d. Darío y dña. Aurora , debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que vincula a las partes respecto de la vienda sita en la calle DIRECCION000 número NUM000 , piso NUM001 , de esta ciudad; condenando a la parte demandada a desalojarla dejándola completamente libre, vacua y expedita a disposición de la actora dentro del plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento sino lo verifica dentro de dicho término, condenándola así mismo al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento".

SEGUNDO

Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 10/92, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 5 de febrero de 2002.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juez de instancia en el Fundamento Jurídico Cuarto de la sentencia objeto del presente recurso de apelación, sostiene la existencia de introducción de un tercero en el hecho de que está acreditado que la hija, yerno y nietos del arrendador viven en la vivienda objeto de arrendamientoconsiderando que la introducción de dichas personas constituyen un nuevo núcleo...

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