SAP Murcia 288/2002, 9 de Noviembre de 2002

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Noviembre 2002
Número de resolución288/2002

Sentencia nº 288/2.002

Ilmos Sres.

Don Abdón Díaz Suárez

Presidente

Doña María Jover Carrión

D. Fernando López del Amo González

Magistrados

En la ciudad de Murcia a nueve de noviembre de dos mil dos.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de MEDIDAS CAUTALARES nº 548/2001 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado civil de Molina de Segura nº Uno entre las partes, como actora "Massive N.V." y "Massive Iluminación, S.A.", representada por el Procurador Sra. Moñino Moral y defendida por del Letrado Sra. Martínez Gómez-Tejedor, y como demandada "Deslight, S.L.", representada por el Procurador Sr. García Legaz y defendida por el Letrado Sra. Muñoz Valera. En esta alzada actúa como apelante "Massive N.V." y "Massive Iluminación, S.A.", y como apelado "Deslight, S.L.". Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instancia citado, con fecha 8 de febrero de 2002 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo resolución cuya parte dispositiva dice así:

"DISPONGO: Que, sin prejuzgar en absoluto la resolución que pueda dictarse en virtud de la acción que se ejercita en el correspondiente procedimiento de fondo, debo denegar y deniego las medidas cautelares solicitadas, con imposición de costas al actor"

SEGUNDO

Contra la anterior resolución y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación de "Massive N.V." y "Massive Iluminación, S.A.", pidiendo su revocación. Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al recurso, pidiendo la confirmación de la resolución recurrida.

TERCERO

Por el Juzgado de Instancia se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Segunda, formándose el Rollo nº 299/2002. Por resolución se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose el día cuatro de noviembre de 2002 para deliberación, votación y fallo.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

Fundamento de Derecho

PRIMERO

"Massive N.V.", demandante de medidas cautelares, insiste en esta alzada en la adopción de aquellas medidas contra "Deslight, S.L." al haber sido rechazada por el Juez de Instancia solicitando en el recurso que se acojan las medidas postuladas en la demanda.

SEGUNDO

El articulo 730.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite la adopción de medidas cautelares...

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