STSJ Castilla y León 1451/2006, 23 de Octubre de 2006

PonenteMANUEL MARIA BENITO LOPEZ
ECLIES:TSJCL:2006:6010
Número de Recurso1451/2006
Número de Resolución1451/2006
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm.1451/06 interpuesto por MUTUAL CYCLOPS contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Uno de Palencia de fecha 17 de mayo de 2006, recaída en autos nº 64/06, seguidos a virtud de demanda promovida por Dª. María contra precitada Mutua, INSS, TGSS, MUTUA UNIVERSAL MUGENAT y GERENCIA REGIONAL DE SALUD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON, sobre ALTA MEDICA (impugnación y contingencia), ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Manuel Mª Benito López.

ANTECEDENTES DE HECHO
primero

Con fecha 20 de febrero de 2006, tuvo entrada en el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Palencia demanda formulada por Dª María en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia estimando referida demanda en los términos que consta en su parte dispositiva.

Segundo

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "1º.- La actora Dª María , mayor de edad y con DNI NUM000 figura afiliada a la Seguridad Social al nº NUM001 en el Régimen General siendo su profesión habitual la de asistencia domiciliaria. 2º.- En fecha 29-11-2005, sobre las 20 horas, cuando Dª María prestaba servicios laborales para Eulen Servicios Sociosanitarios S.A.,desplazándose en su vehículo por motivos profesionales, sufrió un accidente al ser golpeado el coche en que viajaba por otro automóvil, emitiendo la empresa un parte de accidente el 2-12-2005. 2.1.- La empresa Eulen Servicios Sociosanitarios S.A., tenía cubiertos los riesgos derivados de accidentes de trabajo de sus empleados con la codemandada, Mutual Cyclops, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 126. 2.2.- Tras sufrir el accidente, Dª María fue atendida en el Servicio de Urgencias del Hospital Río Carrión de Palencia siendo el diagnóstico el siguiente: "Luxación de 2º dedo de mano izquierda.- Contusión dorsal.- Heritema 2º dedo mano izquierda.- Erosión rodilla Izquierda", realizándose reducción de la luxación de 2º dedo mano izquierda. 2.3.- A consecuencia de los hechos antes descritos, la Sra. María inició una baja laboral por accidente de trabajo ("in itinere") el 29-11-2005 según parte médico extendido por Mutual Cyclops siendo dada de alta por curación el 3-1-2006 por la citada Mutua. 3º.- A partir del 1-1-2006 el nuevo empresario de la trabajadora es la mercantil Clece S.A., que tiene concertada la cobertura de los accidentes de trabajo de sus empleados con la codemandada Mutua Universal Mugenat, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 10. 4º.- En fecha 11-1-2006, el Doctor Baranda Moral, traumatólogo, atendió en su consulta a Dª María quien le manifestó seguir con dolor en 2º dedo de la mano izquierda a nivel de la interfalángica proximal, con déficit de flexión, dolor y contractura de trapecio izquierdo y dolor en ambas rótulas, aconsejándole tratamiento de fisioterapia y baja laboral. 5º.- Dª María se personó el 11-1-2006 en la Inspección Médica de la Gerencia de Salud del Área de Palencia exponiendo que seguía realizando rehabilitación, pese al alta laboral que le había sido dada por Mutual Cyclops, indicándole la Inspección que reclamara frente a la Mutua. 5.1.- Acudió Dª María a los servicios sanitarios de Atención Primaria, dándole el facultativo Doctora Amanda una baja laboral por enfermedad común el 11-1-2006 con el diagnóstico de contractura dorsal, con alta el 16-1-2006 por mejoría que permite trabajar, alta expedida por la Doctora Amanda a requerimiento de la Inspección Médica. 6º.- Dª María ha seguido en tratamiento de fisioterapia en DIRECCION000 C.B., hasta el 6-2-2006 en que fue examinada por el Doctor Gerardo quien apreció como secuelas definitivas: "Dolor y déficit para la flexión de la articulación interfalángica distal del 2º dedo de la mano izquierda.- Dolor con deambulación en ambas rótulas". 7º.- Al INSS, Dirección Provincial de Palencia se dirigió por la Sra. María escrito de Reclamación Previa en impugnación del alta médica de fecha 16-1-2006, que fue contestada por escrito de fecha Registro salida 31-1-2006 en el sentido de...

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