SAP Madrid, 14 de Junio de 2002

PonenteJOSE LUIS ZARCO OLIVO
ECLIES:APM:2002:7722
Número de Recurso678/2000
Fecha de Resolución14 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a catorce de Junio de dos mil dos.

La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre impugnación de costas por indebidas, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandantes-apelados D. Valentín y Dª Teresa , representados por la Procuradora Sra. Cecilia y asistido del Letrado Sr. Toledano Cardoso, y de otra, como demandado-apelante D. Alberto , representado por el Procurador Sr. Gala Escribano y asistido del Letrado Sr. González Piqué, seguidos por el trámite de Incidentes.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Luis Zarco Olivo

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Madrid, en fecha 22 de junio de 2000, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la impugnación de la tasación de costas practicada en autos, instada por el procurador Sr. Gala Escribano en representación de D. Alberto , debo deducir de la mencionada tasación la partida de los derechos de la Procuradora Sra. Cecilia , correspondiente a 6.520 pts. (IVA incluído), desestimando en el resto la impugnación y en consecuencia confirmando el resto de las partidas incluídas en tasación y todo sin hacer expresa imposición de las costas causadas en este incidente".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron expresadas partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales, no habiéndose acordado el recibimiento del pleito a prueba en esta alzada.

TERCERO

La VISTA PUBLICA celebrada el día 12 de junio de 2002, tuvo lugar con la asistencia de los letrados de las partes expresadas que informaron cuanto creyeron conveniente en apoyo de sus respectivas pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se rechazan los contenidos en la resolución impugnada en cuanto se opongan a los quesiguen.

SEGUNDO

Por el Procurador D. Fernando Gala Escribano, en nombre y representación de D. Alberto , se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 22 de junio de 2.000 por el Juzgado de Primera Instancia n.º 17 de los de Madrid, que estimó parcialmente la impugnación de la tasación de costas, por indebidas, formulada por dicha parte litigante ante el Juzgado de procedencia. Alega la parte apelante, en síntesis, que revocar la antedicha sentencia en el sentido de excluir de la misma tanto las partidas relativas a los honorarios profesionales del Letrado, que tuvieron lugar con motivo de un escrito presentado con objeto de paralizar determinadas obras y en la cuestión de competencia por declinatoria, como las partidas de la Procuradora derivadas de la aplicación de los arts. 35.2 y 40 de los Aranceles. Frente a tales alegaciones la representación procesal de la parte apelada impugnó el anterior recurso y solicitó la confirmación de la sentencia apelada con imposición de las costas causadas en esta segunda instancia a la parte recurrente.

TERCERO

En lo concerniente a la...

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