STSJ Asturias 1974/2006, 19 de Junio de 2006

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2006:4229
Número de Recurso2782/2005
Número de Resolución1974/2006
Fecha de Resolución19 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0002782/2005 y acumulados, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. PABLO DIAZ MATOS, en nombre y representación de Claudio , Gregorio , Mariano , Víctor , Luis Francisco , Miguel Ángel , Cornelio , Jaime , Ramón , Carlos Manuel contra la sentencia de fecha veintinueve de abril de dos mil cinco , dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 001 de AVILES en sus autos número DEMANDA 0000113/2005, seguidos a instancia de dichos recurrentes frente a ENSIDESA, parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. JORGE LUIS GONZALEZ MONTOTO, en reclamación por gastos médicos y farmacéuticos, siendo Magistrado- Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencias por las que se desestimaban las demandas.

SEGUNDO

La sentencia del proceso sustanciado a instancias de Gregorio dictada el veintinueve de abril de dos mil cinco contiene el siguiente relato de hechos probados:

  1. - El demandante, Don Rodolfo , DNI NUM000 , prestó servicios por cuenta de la empresa demandada hasta que pasó a la situación de prejubilación como consecuencia del expediente de regulación de empleo 233/92 al que voluntariamente se acogió junto a con otros trabajadores de la empresa.

    El día 19 de enero de 1993 se firmó un Acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores sobre "la cobertura socio laboral para los trabajadores excedentes del plan de competitividad de la Corporación de la Siderurgia Integral"; en este Acuerdo se contienen las condiciones de los trabajadores afectados por el expediente 233/92. En el ramo de prueba de la parte demandada figura copia del Acuerdo por lo que se tiene por reproducido.

  2. - El actor ostentaba cuando estaba en activo la condición de "PERSONAL FUERA DE CONVENIO". Las relaciones de este personal con la empresa se regían por la norma de 1 de junio de 1974 .

  3. - El día 6 de agosto de 1981 la Dirección de la empresa demandada emitió la circular 1/1981.

    En el ramo de prueba de la parte actora figura copia de la Circular que se tiene por reproducida.

    El día 6 de octubre de 1981, se celebró una reunión entre la empresa demandada y la Asociación Profesional de Cuadros. En el ramo de prueba de la parte actora figura copia del Acta de la reunión. En ella se planteó el asunto relativo a las medicinas y los honorarios médicos de los mayores de 65 años.

  4. - Hasta el momento en que el demandante cumplió los 65 años vino percibiendo el abono porcentual de los gastos médicos y farmacéuticos.

    A partir de la fecha en que el demandante cumplió los 65 años y pasó a la situación de jubilación, se le dejaron de abonar las facturas de gastos médicos y farmacéuticos.

    Esta factura asciende a la cantidad total de 19,25 € y se encuentra unida al ramo de prueba del actor.

  5. - La empresa hizo saber, a través de una comunicación firmada por el Director de Recursos Humanos, D. Baltasar , en fecha 21 de agosto de 1997, a los trabajadores fuera de convenio afectados por el expediente 233/92 , entre ellos al demandante, que hasta que cumpliesen la edad de 65 años se les mantendrían algunos beneficios sociales, en concreto, las prestaciones médico-farmacéuticas.

  6. - Otros trabajadores que fueron de la empresa demandada se acogieron a otros expedientes de regulación de empleo, en concreto existieron el expediente 541/85 y el 744/81.

  7. - Promovido acto de conciliación, se realizó el día 29 de julio de 2004 y concluyó el resultado de "SIN EFECTO".

TERCERO

Al recurso de suplicación nº 2782/05 se acumularon los recursos 2783/05, 2784/05, 2785/05, 2786/05, 2787/05, 2788/05, 2789/05, 2790/05 y 2791/05 por concurrir las identidades exigidaslegalmente. En estos eran partes Claudio , Mariano , Víctor , Luis Francisco , Miguel Ángel , Cornelio , Jaime

, Ramón como demandantes y ENSIDESA como demandada; remitiéndose en cuanto a la relación de hechos probados a los recogidos en las respectivas sentencias de instancia.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La parte actora formula recurso contra la sentencia de instancia que desestima su demanda sobre abono de gastos farmacéuticos en la que es demandada la empresa ENSIDESA.

El recurso contiene un motivo único en el que al amparo del artículo 191 c) de la Ley de Procedimiento Laboral denuncia la infracción del artículo 1283 del Código Civil en...

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