STSJ Asturias 1869/2006, 2 de Junio de 2006

PonenteLUIS CAYETANO FERNANDEZ ARDAVIN
ECLIES:TSJAS:2006:3757
Número de Recurso1094/2006
Número de Resolución1869/2006
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

Sentencia número: 1.869/2006

Ilmos. Sres.

D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ

D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ

D. LUIS CAYETANO FERNANDEZ ARDAVIN

En OVIEDO a dos de Junio de dos mil seis, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los

Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española ,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguienteSENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0001094/2006, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. ABOGADO DEL ESTADO, en nombre y representación de la CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE (MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE), contra la sentencia de fecha quince de diciembre de dos mil cinco , dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 005 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000616/2005, seguidos a instancia de Pedro Jesús frente a la CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE (MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE), MINISTERIO FISCAL, parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª., en reclamación por Despido, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS CAYETANO FERNANDEZ ARDAVIN, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha quince de diciembre de dos mil cinco por la que se estimaba en parte la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - Por Resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Norte de fecha 12 de septiembre de 1994 se aprobó el Pliego de Bases para la ejecución por contrato de la asistencia técnica a la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Norte para la realización de estudios técnicos e informes relativos a proyectos de construcción de autovias y carreteras en Asturias con afección al dominio público hidráulico y zonas de las márgenes sujetas legalmente a la limitación de uso, y seguimiento y control de la ejecución de las correspondientes obras en cuanto afectan a dicho dominio público y márgenes. Dicha contrata fue adjudicada al actor D. Pedro Jesús , siendo formalizado contrato el 24 de noviembre de 1994, con un plazo de ejecución de tres años a partir del día 25 de noviembre de 1994; contrato que por obrar en el ramo de prueba de la parte actora su contenido se da aquí por reproducido.

  2. - El actor el 18 de noviembre de 1997 formalizó con la Confederación demandada otro contrato para la ejecución de la asistencia técnica a la Comisaría de Aguas para al realización de estudio de proyectos, informes y seguimiento y control de obras de carreteras y saneamientos, con afección al dominio público hidráulico y sus márgenes en la provincia. Con un plazo de ejecución de los trabajos de treinta y seis meses contados a partir del día 19 de noviembre de 1997, contrato que pro obrar en el ramo de prueba de la parte actora su contenido se da aquí por reproducido.

  3. - En fecha 21 de diciembre de 2000 ambas partes formalizan nuevo contrato para la ejecución de la asistencia técnica a la Comisaría de Aguas para la realización de estudio de proyectos, informes y seguimiento y control de de obras de carreteras y saneamientos, con afección al domino público hidráulico y sus márgenes en la provincial de Asturias, con un plazo de ejecución de veinticuatro meses desde el día 22 de diciembre; contrato cuyo contenido se da aquí por reproducido por obrar en el ramo de prueba de la parte actora.

  4. - El 17 de enero de 2003 el actor suscribió con la Confederación Hidrográfica del Norte, un contrato denominado de consultoría y asistencia para la realización de estudio de proyectos, informes y seguimiento y control de obras de carreteras y saneamientos, con afección al dominio público hidráulico y sus márgenes en la provincia de Asturias, por un precio de 85.392,24 euros, y un plazo de ejecución de 24 meses contados a partir de la firma de contrato. Dicho contrato fue prorrogado hasta el 17 de julio de 2005.

  5. - Desde que el demandante comenzó a trabajar para la Confederación Hidrográfica del Norte en el mes de noviembre de 1994 y sin solución de continuidad, ha venido desarrollando su trabajo en un despacho en al cuarta planta de las dependencias de la Confederación y compartido con personal de al misma. El mobiliario del despacho, el ordenador y demás medios que utiliza el actor son pertenecientes a la Confederación demandada e iguales al que utiliza el personal de la Confederación. En el Directorio Telefónico de la entidad demandada se incluye en la Comisaría de Aguas- cuarta planta, el nombre del actor con un número de extensión.

  6. - El trabajo que diariamente ha venido realizando el demandante era el mismo que venía realizando personal propio de la Confederación, y con la categoría de Ingenieros Técnicos, en la Comisaría de Aguas, recibiendo ordenes e instrucciones de un superior, Pablo García que era el que distribuia los expedientes a tramitar entre todos los Ingenieros Técnicos, incluido el actor.

  7. - El demandante venía disfrutando de los mismos "moscosos" y vacaciones que el resto delpersonal propio de la confederación Hidrográfica del Norte, distribuyéndose el periodo de disfrute con los compañeros.

  8. - Además de la tramitación de los expedientes objeto de su contrato, el actor ha venido tramitando, al igual que sus compañeros, expedientes de autorización de obras para la Administración y para Particulares en las siguientes materias: obras en caminos y sendas; obras de abastecimiento de agua; obras en edificaciones, viviendas, naves industriales, etc. obras de paso superiores; viaductos, puentes, pontones, etc: rellenos de tierras en fincas colindantes (zona policía); coberturas; entubamientos de cauce;

    ,protección de márgenes de río; muros y escolleras; labores de limpieza de cauces; cierres de fincas colidantes al cauce; talas de árboles en zona de policía o cauce, deslindes y amojonamientos de tramos de cauces de río, redacción de proyectos.

  9. - El día 18 de julio de 2005 el actor se encontraba trabajando en las dependencias de la Confederación demandada, cuando la dirección de la misma, le comunica verbalmente que había finalizado su relación con la Confederación Hidrográfica del Norte, y que disponía de una hora para recoger sus pertenencias y abandonar el edificio.

  10. - En fecha 15 de Junio de 2005, el demandante había presentado escrito ante la Confederación demandada solicitando la declaración de relación laboral indefinida la existencia entre él y la Confederación.

  11. - Los ingresos que mensualmente venía percibiendo el actor de la Confederación demanda desde el mes de julio de 2004 ascendieron en computo total hasta el mes de Junio de 2005 inclusive, a la suma de

    42.950,16 euros (una media mensual de 3579,18 euros).

  12. - Se ha agotado la vía previa administrativa en virtud de reclamación previa formulada por el actor en fecha 27 de julio de 2005.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STSJ Cantabria 1018/2008, 25 de Noviembre de 2008
    • España
    • 25 Noviembre 2008
    ...lo que nos lleva a la desestimación íntegra del recurso. En el mismo sentido se ha manifestado la sentencia del TSJ de Asturias de 2 de junio de 2006 (rec. 1094/2006 ). Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la Confe......
  • STSJ Cantabria 878/2008, 22 de Octubre de 2008
    • España
    • 22 Octubre 2008
    ...forma, lo que nos lleva a la desestimación íntegra del recurso. En el mismo sentido se ha manifestado la sentencia del TSJ de Asturias de 2 de junio de 2006 (rec. 1094/2006 ). Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por l......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR