STSJ Comunidad Valenciana 2727/2008, 9 de Septiembre de 2008

PonenteTERESA PILAR BLANCO PERTEGAZ
ECLIES:TSJCV:2008:5082
Número de Recurso4012/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2727/2008
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Social

2727/2008

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Recurso de Suplicación nº 4012/07

Recurso contra Sentencia núm. 4012/07

Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro

Presidente

Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz

Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver

En Valencia, a nueve de septiembre de dos mil ocho

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2727/08

En el Recurso de Suplicación núm. 4012/07, interpuesto contra la sentencia de fecha 16 de mayo de 2007, dictada por el Juzgado de lo Social núm. UNO de Valencia, en los autos núm. 854/06, seguidos sobre desempleo, a instancia de Servicio Público de Empleo Estatal, asistida del Letrado D. Manuel Ferrer Martínez, contra la mercantil Creaciones Suay S.A, asistida del Letrado D. Juan Angel Pujol Sánchez, y Dª Maite y en los que es recurrente la empresa demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 16 de mayo de 2007, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), antes INEM, contra Creaciones Suay S.A y contra Maite, respecto a las prestaciones y cotizaciones efectuadas por el INEM a la trabajadora Maite, debo condenar y condeno al empresario Creaciones Suay S.A. a la devolución al ente actor de la cuantía de 6.270,94 euros de prestación y 862,98 euros de cuotas a la SS, y un total por la suma de ambas de 7.133,92 euros por los periodos referidos en los hechos probados. ".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Que la trabajadora Maite, viene prestando sus servicios por cuenta de la mercantil codemandada Creaciones Suay S.A dedicada a la industria textil en el centro de trabajo sito en Xátiva (Valencia) y ello durante los siguientes periodos y circunstancias en virtud de diferentes contratos temporales: - del 18-11-02 a 17-5-03 en virtud de contrato por obra o servicio determinado como operaria de tercera señalando como obra la preparación y acabado de la colección primavera verano 2003- 2004. - Del 24-11-03 a 23-5-04 en virtud de contrato por obra o servicio determinado como operaria de tercera señalando como obra la preparación y acabado de la colección primavera verano 2004-2005. - Del 8-11-04 a 16-6-05 en virtud de contrato por obra o servicio determinado como operaria de tercera señalando como obra la preparación y acabado de la colección primavera verano 2004-2005. SEGUNDO.- Como consecuencia de los servicios prestados para la empresa en virtud de los citado contratos temporales al trabajador demandado se le reconoció por el INEM prestación durante los siguientes periodos y las siguientes cuantías: - de 18-5-03 a 17-11-03, 2.030,40 euros de prestación y 277,13 euros de cuota a la SS. - de 24-5-04 a 7-11-04, 1.985,51 euros de prestación y 270,82 euros de cuota a la SS. - de 14-6-05 a 13-12-05, 2.255,03 euros de prestación y 315,03 de cuota a la SS. Totalizando (s.e.u.o.) de 6.270,94 euros de prestación y 862,98 euros de cuota a la SS, y un total por la suma de ambas de 7.133,92 euros. TERCERO.- La trabajadora ha venido prestando sus servicios en las campañas de primavera verano por ser la actividad textil de la empresa fundamentalmente la de los trajes de bodas y otras ceremonias que agolpan su actividad en las citadas temporadas lo que requiere preparación y un aumento de actividad en el último y el primer trimestre del año. CUARTO.- La trabajadora prestaba servicios en la realización de las labores para las que fue contratada, formulando solicitud de prestación de desempleo en 14-7-06, siéndole reconocida con efectos de 29-6-06 mediante resolución de 29-6-06 ".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte codemandada, la empresa Creaciones Suay S.A. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de la instancia, que tiene por acreditado que la empresa demandada ha acudido a la contratación de la trabajadora a través de la modalidad de sucesión de contratos de obra determinada, cuando debería haber utilizado la fórmula de contratación de fija discontinua, entiende abusivo el uso de tal contratación, y declara a la empleadora responsable de las prestaciones por desempleo satisfechas por el sistema público a la trabajadora, así como de las...

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