SAP Madrid 229/2014, 18 de Junio de 2014

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS DELGADO TORTOSA
ECLIES:APM:2014:9203
Número de Recurso86/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución229/2014
Fecha de Resolución18 de Junio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Undécima

C/ Ferraz, 41 - 28008

Tfno.: 914933922

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0001422

Recurso de Apelación 86/2013

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 235/2011

APELANTE: COMUNIDADES PROYECTOS Y SERVICIOS INMOBILIARIOS, S.L.

PROCURADOR D./Dña. FELIPE SEGUNDO JUANAS BLANCO

C. DIRECCION000, CALLE000, NUM000

PROCURADOR D./Dña. JUAN TORRECILLA JIMENEZ

APELADO: IBERICA DE SERVICIOS Y OBRAS, S.A.

PROCURADOR D./Dña. ALEJANDRO ESCUDERO DELGADO

D./Dña. Pablo

PROCURADOR D./Dña. ELENA PAULA YUSTOS CAPILLA

D./Dña. Luis Francisco

PROCURADOR D./Dña. MARIA LUISA LOPEZ-PUIGCERVER PORTILLO

SENTENCIA

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

D. ANTONIO GARCÍA PAREDES

Dña. MARGARITA VEGA DE LA HUERGA

Dña. MARÍA DE LOS DESAMPARADOS DELGADO TORTOSA

En Madrid, a dieciocho de junio de dos mil catorce.

La Sección Undécima de la Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 235/2011 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid, seguido entre partes de una como apelantes COMUNIDAD DE PROPIETARIOS " DIRECCION000 " en CALLE000, número NUM000 de Boadilla del Monte (Madrid), representada por el Procuradora Sr. Torrecilla Jiménez y COMUNIDADES PROYECTOS Y SERVICIOS INMOBILIARIOS, S.L., representada por el Procurador Sr. Juanas Blanco y como apelados IBÉRICA DE SERVICIOS Y OBRAS, S.A., representado por el Procurador Sr. Escudero Delgado, Don Pablo, representado por la Procuradora Sra. Yustos Capilla y Don Luis Francisco, representado por la Procuradora Sra. López-Puigcerver Portillo; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 07/06/2012 .

VISTO, Siendo Magistrado Ponente Doña MARÍA DE LOS DESAMPARADOS DELGADO TORTOSA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Juzgado de 1ª Instancia nº 90 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 07/06/2012,

cuyo fallo es el tenor siguiente: estimando parcialmente las pretensiones deducidas en la demanda interpuesta por Comunidad de Propietarios " DIRECCION000 ", como parte demandante, contra los demandados Comunidades, Proyectos y Servicios Inmobiliarios, S.L., en Liquidación, Iberica de Servicios y Obras, S.A., D. Pablo y D. Luis Francisco debo condenar y condeno, solidariamente, a Comunidades, Proyectos y Servicios Inmobiliarios S.L., en Liquidación, Ibérica de Servicios y Obras, S.A., y a D. Luis Francisco, al pago a la actora de CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS EUROS CON CATORCE CENTIMOS DE EURO (45.926,14 euros) de principal, si bien el Sr. Luis Francisco sólo responderá y solidariamente hasta el pago de QUINCE MIL DIECISIETE EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS DE EURO (15.017,84 euros), más los intereses legales devengados por la citada cantidad (45.926,14 euros) desde la interposición de la demanda, todo ello sin imposición de costas, absolviendo líbremente al demandado D. Pablo, sin imposición de las costas causadas por dicha parte>>.

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpusieron sendos recursos de apelación por la representación procesal de Comunidad de Propietarios " DIRECCION000 " sita en CALLE000 nº NUM000 de Boadilla del Monte y por la de "Comunidades, Proyectos y Servicios Inmobiliarios, S.L." que fueron admitidos en ambos efectos, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La demandante, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS " DIRECCION000 ", sita en la

CALLE000 num. NUM000, de Boadilla del Monte (Madrid), ejercita frente a la Promotora COMUNIDADES PROYECTOS Y SERVICIOS INMOBILIARIOS, S.L., la Constructora IBERICA DE SERVICIOS Y OBRAS, S.A., el Arquitecto proyectista y director de la obra D. Pablo y el Arquitecto técnico y director de ejecución

D. Luis Francisco, acción de responsabilidad por vicios ruinógenos en un conjunto residencial, al amparo del artículo 1.591 del Código civil, dada la fecha de la licencia de obras, 14 de julio de 1998, y solicita se condene a los demandados, como responsables solidarios de los daños y perjuicios ocasionados, al pago de la cantidad de 286.044,44 euros en concepto de reparación de los defectos constructivos que padece el edificio y gastos por desatrancos causados por la deficiente instalación de saneamiento entregada.

Los defectos señalados en la demanda son, por referencia al informe pericial que aporta la demandante, los que siguen:

Daño 1. Humedades de filtración en claraboyas de núcleos de escaleras, portales NUM000, NUM001 y NUM002 . Valoración económica de reparación: 5.218,48 euros.

Daño 2. Grietas en tabiquerías de cajas de escaleras en: portal NUM000 (planta NUM001, entre pisos NUM003 y NUM004 ); portal NUM005 (planta NUM001, entre pisos NUM003 y NUM004, y planta NUM000, entre pisos NUM003 y NUM004 y entre pisos NUM006 y NUM007 ); portal NUM001 (planta NUM001, entre pisos NUM003 y NUM004, y planta NUM000, entre pisos NUM003 y NUM004 ); portal NUM002 (planta NUM001, entre pisos NUM003 y NUM004, y planta NUM000, entre pisos NUM003 y NUM004 y entre pisos NUM006 y NUM007 ). Valoración económica de reparación: 2.611,53 euros.

Daño 3. Humedades en sótano, por capilaridad y filtraciones. Se localizan en diversas zonas: vestíbulos de independencia, cuartos de contadores, arranque de escaleras, pasillos de acceso, cuarto de basuras, en zonas coincidentes con el sistema de saneamiento colgado, etc. Valoración económica de reparación:

11.168,65 euros.

Daño 4: Caída de bovedillas en forjados del garaje. En portales NUM000 - NUM005 : caída de revestimientos y fondos de bovedillas, cerámicas sobre las plazas NUM008, NUM009 y NUM010 . En portales NUM001 - NUM002 : caída de revestimientos y fondos de bovedillas cerámicas sobre plazas NUM011, NUM012, NUM013 - NUM014 y NUM015 - NUM016 y NUM017, así como junto a plazas NUM018 y NUM019 que ya ha sido reparado. Valoración económica de reparación: 2.429,35 euros.

Daño 5: Cerramientos exteriores: Manchas en revestimiento monocapa y errónea colocación de lamas. Valoración económica de reparación: 21.580,82 euros.

Daño 6: Desperfectos en piscina y locales anexos: Pérdidas de agua de la piscina y humedades en vestuarios. Valoración económica de reparación: 10.019,24 euros.

Daño 7: Dimensiones de la rampa de acceso al garaje de los postales NUM000 - NUM005, tanto por el ancho de la rampa como de la puerta de acceso. Valoración económica de reparación: 36.504,95 euros.

Daño 8: Pendientes excesivas en azoteas superiores de los áticos. Valoración económica de reparación: 185.341,68 euros.

Daño 9: Problemas con el saneamiento: continuos atascos y desatrancos que se deben llevar a cabo. Facturas soportadas por la comunidad: 4.914,16 euros. Valoración económica de la reparación: 6.255,57 euros.

El total del presupuesto de reparación de los daños descritos asciende, corrigiendo el resumen de valoración en el informe pericial en cuanto a cuantificación de honorarios de dirección facultativa, a 184.565,57 euros, a los que suma los gastos generales al 13% (23.993,52 euros) y beneficio industrial al 6% (11.073,93 euros), y al total de 219.633,03 euros suma el IVA al 18% (39.533,95 euros, la tasa de licencia al 4% (8.785,32 euros) y honorarios dirección al 6% (13.177,98 euros), total 281.130,28 euros. A ello suma 4.914,16 euros de facturas por desatrancos.

La Comunidad de Propietarios demandante, constituida por 64 viviendas, distribuidas en cuatro portales, garajes, trasteros y zonas comunes, refiere que fue construida entre los años 1998 y 1999 y que, advertidos desde un principio diversos defectos constructivos, se notificó con fecha 3 de enero de 2001 tanto a la Promotora como a la Constructora el fracaso o inutilidad de las reparaciones efectuadas y la exigencia de una solución completa. Al resultar desatendida, con fecha 20 de septiembre de 2006, promovió acto de conciliación frente a los demandados, que finalmente tuvo lugar el 11 de noviembre de 2009, y al que comparecieron los ahora demandados, a excepción de la Promotora, terminando el acto sin avenencia.

Y formula la demanda en reclamación de la cantidad de 286.044,44 euros estimada para reparar y subsanar las deficiencias detectadas y constatadas en el informe pericial que aporta con la demanda.

SEGUNDO

Los demandados se opusieron a la demanda:

D. Luis Francisco, Arquitecto técnico de la obra, alegó falta de legitimación activa para reclamar los daños privativos, así como falta de legitimación pasiva a él atribuida, ya que no formó parte de la dirección facultativa sino durante los cinco últimos meses al haber renunciado el Arquitecto técnico D. Porfirio . Considera que el tiempo transcurrido desde la entrega de la obra condiciona totalmente el dictamen pericial, que en la ejecución se llevó a efecto lo proyectado y que, en ningún caso, queda probada su responsabilidad en los pretendidos daños expuestos en la demanda.

D. Pablo, Arquitecto superior autor del proyecto de ejecución y parte integrante de la dirección de la obra, considera que la acción está caducada, por haber expirado el plazo de garantía. Asimismo, alega falta de acción del Presidente de la Comunidad sobre las terrazas de los áticos que ya han sido reparadas o indemnizados sus propietarios. Opone que la acción contra él se halla prescrita y que, de la totalidad de defectos descritos no hay, salvo lo referido al trazado o dimensión de la rampa de garaje,...

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