STSJ País Vasco 854/2014, 6 de Mayo de 2014

PonenteEMILIO PALOMO BALDA
ECLIES:TSJPV:2014:851
Número de Recurso699/2014
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución854/2014
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: Suplicación / E_Suplicación 699/2014

N.I.G. P.V. 48.04.4-13/004112

N.I.G. CGPJ 48.020.44.4-2013/0004112

SENTENCIA Nº: 854/2014

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a seis de mayo de dos mil catorce .

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. MANUEL DÍAZ DE RÁBAGO, Presidenta, D. EMILIO PALOMO BALDA y Dª. ELENA LUMBRERAS LACARRA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En los recursos de suplicación interpuestos por STERIA IBERICA S.A.U. y Dª Consuelo, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número seis de los de Bilbao, de fecha cinco de noviembre de dos mil trece, dictada en los autos núm. 405/13, seguidos a instancia de la citada trabajadora frente a la empresa ahora recurrente, la COMISION NEGOCIADORA DEL EXPEDIENTE DE REGULACION DE EMPLEO, STERIA S.A., STERIA UK CORPORATE LTD, GROUPE STERIA, SCA, y AURELIUS AG, sobre Despido (DSP).

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. EMILIO PALOMO BALDA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

1).- Dña. Consuelo ha venido prestando servicios para Steria Ibérica SAU (ST IB) desde el 1-10-2008 en las instalaciones de que ésta dispone en Bilbao.

ST IB está dedicada a la "distribución, compra, venta, arredramiento y mantenimiento de todo tipo de maquinaria y equipos informáticos, accesorios, dispositivos y complementos relativos a estas máquinas y equipos".

2).- ST IB ha venido retribuyendo a la trabajadora salarios con arreglo al Convenio Colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública (BOE 4-4-2009, CCEM).

3).- Asimismo, su formal clasificación es la de operadora de periféricos. En 2008, dentro del contexto de una evaluación interna de desempeño es considerada programadora junior. Su cometido consiste en atender incidencias de usuarios de los servicios informáticos. El operador de periféricos tendría por cometido la realización in situ de reparaciones o instalaciones de hardware (impresoras, servidores de internet, etc).

Consta nota de gastos remitida a noviembre de 2011 en la que la actora viaja a las instalaciones de Ferrari con el objeto de realizar una " programación" .

4).- El TSJ del País Vasco habría dictado sentencia el 2-3-2010 por la que declararía aplicable a la empresa ST IB el Convenio provincial de Oficinas y despachos (BOB 6-6-2011, COD).

5).- De considerarse aplicable el CCEM y sobre la hipótesis de una categoría de operadora, el Salario regulador anual (SAR) ascendería a 19.170,96 euros.

De considerarse aplicable el COD y bajo la hipótesis de una categoría de programadora de segunda, el SAR asciende a 22.392,21 euros.

6).- A fecha de 28-5-2013 se produce acuerdo ante el JS nº 2 de esta plaza cuyo contenido es el que a continuación se transcribe: "La empresa reconoce que es de aplicación en el centro de trabajo de Bizkaia el Convenio colectivo Provincial de Oficinas y despachos de Bizkaia. Dicho convenio desplegará todos sus efectos a partir del 1 de diciembre de 2013. Hasta esa fecha, la empresa aplicará los convenios que se seguían aplicando". La parte actora acepto ese ofrecimiento.

7).- La empresa Steria SA, con domicilio en Francia, ostenta una posición del 100% en el capital de ST IB.

Steria SA dispone de un equipo directivo entre cuyas tareas están la supervisión del mercado Español. Pertenece al mismo D. Víctor ., en cargo de vicepresidente ejecutivo, y a la vez CEO de Steria España (ST IB).

Steria SA contrata globalmente servicios para el personal de ST IB, así como del resto de las compañías filiadas en Europa, y con el objeto de aminorar los costes. Se trata de los servicios de agencia de viajes, alquiler de coches y seguros colectivos.

8).- En las cuentas anuales presentadas por ST IB por el ejercicio 2011, se hace constar:

2.3.- Principio de empresa en funcionamiento

De acuerdo con el Art. 363 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad se encuentra en causa de disolución como consecuencia de las pérdidas acumuladas que han dejado reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que este se aumente o se reduzca en la medida suficiente y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso.

En este sentido, el Accionista Unico (Steria SA), con fecha 28-3-2012, ha realizado una aportación dineraria por importe de 5.000.000 de euros con el fin de compensar pérdidas y reestablecer el equilibrio patrimonial.

Adicionalmente, el accionista único de la Sociedad ha manifestado expresamente que prestará el apoyo financiero necesario para posibilitar el cumplimiento de los compromisos y de las obligaciones de pago contraídas por la Sociedad y asegurar la continuidad de sus operaciones.

Sobre la base de lo anterior, las cuentas anuales del ejercicio 2011 han sido formuladas por los administradores de la Sociedad atendiendo al principio de empresa en funcionamiento.

[ ]

4.10 Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio

Los empleados de la Sociedad tienen posibilidad de adquirir opciones sobre acciones de Steria SA, cuyo coste no es repercutido a la Sociedad: el coste del plan se determina en base al valor razonable de las opciones a entregar en la fecha del acuerdo de concesión. Dado que el gasto de personal den ejercicio 2011 derivado de dicho plan se estima no es significativo para las cuentas anuales del ejercicio consideradas en su conjunto, no se ha procedido a su registro conforme a la normativa contable.

[ ]

15.- Operaciones con partes vinculadas

Las partes vinculadas con las que la Sociedad ha realizado transacciones durante los ejercicios 2011 y 2009, así como la naturaleza de dicha vinculación, es la siguiente: Naturaleza de la vinculación

STERIA SCA Sociedad dominante del grupo

STERIA SA Sociedad dominante directa

STERIA POLAND Empresa del grupo

STERIA BENELUX Empresa del grupo

STERIA MUMMEN CONSULTING Empresa del grupo

STERIA INDIA Empresa del grupo

STERIA LTD Empresa del grupo

Las transacciones realizadas con entidades vinculadas con las siguientes

Ejercicio 2011 STERIA SCASTERIA SA OTRAS(euros)

Ventas 42.252 459.774 171.020

Compras -10.224

Servicios exteriores -1.183.522 -106.000 -37.330

Gastos financieros -233.072

Ejercicio 2010 STERIA SCASTERIA SAOTRAS(euros)

Ventas 104.754 601.493 259.496

Compras -98.816

Servicios exteriores -1.233.170 -111.800 -13.164

Gastos financieros -120.856

18.- Informacion sobre la naturaleza y el nivel de riesgo procedente de instrumentos financieros

Las políticas de gestión de riesgos de la Sociedad son establecidas por el Comité de riesgos financieros del grupo Steria, habiendo sido aprobadas por los Administradores de Grupo. En base a estas políticas, el departamento financiero de la Sociedad ha establecido una serie de procedimientos y controles que permiten identificar, medir y gestionar los riesgos derivados de la actividad con instrumentos financieros. Estas políticas establecen, entre otros aspectos, que la Sociedad no puede realizar operaciones especulativas con derivados.

18.2 Riesgo de Mercado

[ ]

La Sociedad tiene la política de financiarse a tipos de interés variable a través de su sociedad dominante para adecuarse a los tipos existentes en el mercado y de utilizar puntualmente líneas de descuento y de conforming.

[ ]

Para solucionar sus necesidades de liquidez, la Sociedad recibe financiación del Grupo Steria. Al 31 de diciembre de 2011 tiene una línea de crédito con Steria SA por importe dispuesto de 12.802.175 euros

(5.742.669 euros al 31 de diciembre de 2010), que se renueva de forma automática si ninguna de las partes se opone.

9).- Aurelius Sustainability Advancement GmbH (AGmbH) es una empresa dedicada a la Administración de empresas sita en Grünewald (Alemania).

A fecha de 19-11-2012 se produce la transmisión de la totalidad de las acciones de ST IB a AAG. El 27-11-2012 se protocoliza el nombramiento de nuevo administrador único, cesando en el cargo el Sr. Víctor . (Consejero delegado), así como el Sr. Blas . (anterior Vocal del Consejo de Administración), y el Sr. Eugenio . (Presidente del Consejo de Administración).

Don. Víctor ., Eugenio y Blas . pertenecen al Comité ejecutivo del grupo Steria.

10).- A fecha de 31-12-212 se produce una ampliación de capital en ST IB, por importe de 41 euros, si bien se emite con una prima de emisión de 2.499.959 euros. La suscribe la entidad SECOP SRO. 11).- Las cuentas anuales de ST IB arrojan los siguientes resultados por lo que hace a los ejercicios

2011 y 2012

2011 (miles de euros)

Ingresos Ventas 42.920

Gastos

Personal 39.382

Aprovisionamientos 3588

Financieros 375

Otros 6284

Amortización 415

Resultado: - 6157

2012 (miles de euros)

Ingresos Ventas 39.545

Gastos

Personal 37.313

Aprovisionamientos 2583

Financieros 270

Otros 5517

Amortización 389

Resultado: -5791

12).- El 15-1-23013 se produce una reunión entre la dirección de ST IB y su comité de empresa (CdE) en la que se da cuenta de varias manifestaciones. Por un lado se acepta una reducción salarial sobre el periodo 1-2-2013 y 31-12-2014; por otro se acepta la promoción de un expediente de extinción colectiva cuyas determinaciones serían:

Afectados: Un máximo de 120 trabajadores y hasta el 31-12-2013.

Importes indemnizatorios: 20 días de salario con el límite de 12 meses. Adicionalmente los trabajadores percibirán en concepto de complemento indemnizatorio:

Hasta 30.000 euros de salario, 8 días de salario bruto sin límite de meses.

Desde 30.001 euros de salario a 45.000...

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