STSJ Murcia 638/2007, 21 de Mayo de 2007

PonenteJOSE ABELLAN MURCIA
ECLIES:TSJMU:2007:542
Número de Recurso451/2007
Número de Resolución638/2007
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por doña Alejandra , contra la sentencia número 0467/2006 del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia, de fecha 29 de noviembre, dictada en proceso número 0432/2006, sobre incapacidad, y entablado por doña Alejandra frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ABELLÁN MURCIA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La actora Dª Alejandra nacida el día 21 de marzo de 1945, está afiliada al Régimen Especial Agrario, como consecuencia de sus servicios prestados como trabajadora Agrícola Cuenta Ajena. SEGUNDO.- Inició proceso de incapacidad temporal en 18 de mayo de 2004 y sometido a reconocimiento médico p ara 1 a valoración de su situación, s e emitió Informe médico de Síntesis el 2-1-06 en el que se hace constar que el actor padece las siguientes dolencias: Diabetes Mellitus tipo 2 con insulina; obesidad; diagnosticada de poliartrosis,epicondilitis, ojo seco y tendinitis cálcica de hombros; tratamiento: Infiltraciones hombro derecho e izquierdo; diagnosticada de inestabilidad volar MCF 10 dedo mano izquierda; Trastorno Adaptativo (a enfermedad grave familiar); no se objetivan limitaciones susceptibles de incapacidad permanente. TERCERO.- Por el Equipo de Valoración de Incapacidades, se elevó en fecha 16-01-06 propuesta de inexistencia de Incapacidad permanente en ninguno de sus grados, que por Resolución de la Dirección Provincial del INSS se elevó a definitiva el 20-01-06. CUARTO.- La parte demandante presenta actualmente las dolencias que se recogen en el hecho probado segundo de esta resolución. QUINTO.- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a 491,27 euros. SEXTO.- Ha quedado agotada la vía Administrativa Previa"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por Dª Alejandra contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), debo declarar y declaro no ha lugar a la demanda absolviendo a la parte demandada de la pretensión de la demanda".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por don Joaquín Andrés Balibrea Muñoz, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Se recurre la sentencia de instancia por la parte demandante, con el propósito de que se proceda a su revocación y se dicte una nueva que sea favorable a sus pretensiones.

La sentencia recurrida, desestimó la pretensión de la parte demandante, doña Alejandra , y en cuya instancia fue solicitada...

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