SAP Málaga 339/2002, 8 de Mayo de 2002
Ponente | JOSE GONZALO TRUJILLO CREHUET |
ECLI | ES:APMA:2002:1895 |
Número de Recurso | 89/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 339/2002 |
Fecha de Resolución | 8 de Mayo de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª |
SENTENCIA N° 339-02
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE
DON ANTONIO ALCALÁ NAVARRO
MAGISTRADOS
DON JOSÉ GONZALO TRUJILLO CREHUET
DON JOSÉ JAVIER DÍEZ NÚÑEZ
En la ciudad de Málaga a ocho de mayo de dos mil dos.
Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio núm. 89/02 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Estepona, sobre Verbal, seguidos a instancia de Doña Alicia representado en el recurso por el Procurador Don Rafael Rosa Cañadas y defendido por el Letrado Doña Mercedes Blanco, contra Don Lucio ; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por Doña Alicia contra la sentencia dictada en el citado juicio.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Estepona dictó sentencia de fecha 24 de Noviembre de 1999 en el juicio verbal, del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "Fallo.-Que estimando íntegramente la demanda promovida por el Procurador Don José Antonio López Guerrero en nombre y representación de Don Andrés contra la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 , reconozco el derecho del actor a ejecutar las obras de adaptación de su vivienda, para darle acceso a la vía pública descritas en el Proyecto elaborado por el Arquitecto Don Jose Luis , condenando a la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 a estar y pasar por esta declaración, con condena en costas a la parte demandada".
Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación Doña Alicia el cual fue admitido a trámite y remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al no haberse propuesto prueba ni estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala, que tuvo lugar el día 8 de Mayo de 2002, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.TERCERO.- En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZALO TRUJILLO CREHUET.
Frente a la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Estepona, se alza la representación de la parte apelante Comunidad de Propietarios DIRECCION000 , por encontrarla lesiva y perjudicial para sus intereses, así como contraria a derecho, por entender que los...
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