ATS, 2 de Septiembre de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:6671A
Número de Recurso1974/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Septiembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de la mercantil CONSTRUCCIONES PROMART, SL, con fecha 26 de junio de 2013 se ha interpuesto recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, en fecha 1 de abril de 2013, por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 44/2013 dimanante de los autos de incidente concursal nº 207/2011, del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Zaragoza.

  2. - Por diligencia de ordenación de fecha 20 de julio de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el Sr. Abogado del Estado, en defensa y representación de la AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, presentó escrito ante esta Sala con fecha 25 de septiembre de 2013, personándose en calidad de parte recurrida. El procurador don Fernando Ruiz de Velasco Martínez de Ercilla, en nombre y representación de la mercantil CONSTRUCCIONES PROMART, SL, presentó escrito en fecha 8 de octubre de 2013, personándose en concepto de recurrente. No se han personado como recurridos, la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL, ni las mercantiles REAL ZARAGOZA, SAD, ni STALIA REAL ESTATE, SL.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Sebastian Sastre Papiol, a los solos efectos de este trámite.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la mercantil la mercantil CONSTRUCCIONES PROMART, SL, al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en los arts. 469 y 477.2 , LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de la mercantil CONSTRUCCIONES PROMART, SL, contra la sentencia dictada, en fecha 1 de abril de 2013, por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 5ª), en el rollo de apelación nº 44/2013 dimanante de los autos de incidente concursal nº 207/2011, del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Zaragoza.

  2. ) Y, de conformidad y a los fines dispuestos en el art. 474 y 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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